La ayuda a parados mayores de 52 años y el registro de jornada, entre las medidas que presenta hoy el Gobierno
El Real Decreto incluye también bonificaciones por la contratación indefinida de parados de larga duración
El Gobierno tiene previsto aprobar hoy un Real Decreto-Ley con once medidas de protección social en materia de Seguridad Social. Las dos principales iniciativas son la recuperación de las condiciones del subsidio por desempleo para mayores de 52 años y el establecimiento de la obligación de las empresas de contar con un mecanismo de registro de la jornada que realizan sus trabajadores.
Junto a la rebaja de la edad de acceso al subsidio de desempleo de los actuales 55 a 52 años, el Ejecutivo pretende aprobar otros cambios como elevar al 125% de la base mínima de cotización la cuantía por la que el Estado cotiza por los beneficiarios de este subsidio.
Asimismo, los beneficiarios de esta ayuda ya no tendrán que jubilase tan pronto alcancen la edad y los requisitos para recibir una pensión contributiva en cualquiera de sus modalidades, como ocurre en la actualidad. El redactado inicial de la nueva norma, sin embargo, precisa que el subsidio para mayores de 52 años se extenderá, como máximo, hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación. De esto se desprende que el beneficiario podrá estar cobrando el subsidio y cotizando hasta que se pueda jubilar de forma ordinaria y no anticipada, con lo que se retirarían sin merma de su prestación.
Según los Presupuestos que el Gobierno no logró aprobar, el subsidio para mayores de 52 años tiene 114.000 potenciales beneficiarios que se sumarían a los 260.000 que lo cobran en la actualidad, y un coste de 388 millones solo para este año.
El borrador del decreto, si no experimenta cambios de última hora, modifica también el Estatuto de los Trabajadores que recogerá la siguiente obligación empresarial: “La empresa garantizará el registro diario de la jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria”.
El Gobierno ha accedido a la demanda patronal para que estos registros se adopten en la negociación colectiva, a través de los convenios. Si bien el Ministerio de Trabajo “podrá establecer especialidades en la obligación del registro de jornada”, según este borrador.
El incumplimiento de la normativa en materia de registro de jornada será además considerado como una falta “grave” en materia de relaciones laborales, algo que en la Ley de infracciones y sanciones del orden social (Lisos) se sanciona con multas de entre 626 euros a 6.250, según el grado.
Según este borrador, se da un periodo transitorio de dos meses para la aplicación del registro de jornada en las empresas.
Además, la norma incluye otras novedades como el establecimiento de una bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social de 1.300 euros al año por la contratación indefinida de parados de larga duración (que hayan estado inscritos al menos 12 meses de los últimos 18 meses anteriores a la contratación). La bonificación se eleva a 1.500 euros si la contratada es una mujer desempleada.
En materia de ayudas, se duplican las cuantías de las prestaciones por hijo a cargo no contributivas. Aumentan también las cuantías mínimas de las pensiones de incapacidad permanente total.
Asimismo, la norma reduce la cotización de los trabajadores por cuenta ajena agrarios para que no les afecte tanto la subida del 22,3% del salario mínimo interprofesional, dado que mayoritariamente cobran esta renta. También se establecen bonificaciones a la conversión en indefinidos de contratos temporales de trabajadores agrarios.
La ley determinará también que la Seguridad Social abonará las cuotas por todas las contingencias a todos los autónomos que se encontraban en situación de incapacidad temporal el 28-12-2018, una vez transcurridos 60 días de baja.
Se reducirán a la mitad las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores fijos discontinuosde las empresas del sector turismo, hostelería y comercio durante los meses de febrero, marzo y noviembre. Los menores de 30 años se considerarán automáticamente inscritos en el sistema nacional de garantía juvenil. Y, finalmente, se permitirá a los artistas de espectáculos públicos que permanezcan en el Régimen General durante los periodos de inactividad, con ciertas condiciones.