_
_
_
_

El permiso parcial de paternidad en autónomos

Deberá solicitarlo en el mismo momento de la baja ya que no se permite cambiar la modalidad una vez enviado el formulario de solicitud.

Cuando un autónomo es padre, también tiene derecho a percibir un permiso por paternidad. Sin embargo, no todos pueden permitirse unos días de baja y cerrar el negocio, por eso existe la modalidad que permite disponer de un permiso de paternidad parcial.

La duración de la baja de paternidad parcial consta de una baja de una duración máxima de 5 semanas, de las cuales 4 serán ininterrumpidas y la quinta se puede escoger entre la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento y los 9 meses siguientes.

Según explican desde la gestoría online Txerpa, con la baja de paternidad parcial se podrá estar de baja laboral por paternidad un total de 56 días ininterrumpidos, esto es, 8 semanas más 14 días extra.

Al 50%

Cuando un autónomo solicita la baja de paternidad parcial, se reduce al 50% por ciento lo que paga y cobra de prestación.

Una vez haya solicitada la baja, y esta haya comenzado, el trabajador percibirá el subsidio desde que inicie su baja hasta el término del descanso. Durante ese tiempo deberá mantener su actividad laboral parcial.

Más información
El permiso de paternidad en autónomos: duración y requisitos
Funcionamiento de las bajas por maternidad y paternidad en autónomos
¿Autónomo y con hijos? Estas son las normas de la nueva Ley que te afectan

Requisitos

Para poder solicitar el permiso parcial de paternidad, el autónomo deberá estar de alta en el RETA, haber pasado un periodo previo de un mínimo de cotización de 180 días en el RETA en los 7 años anteriores, o al menos 360 días durante toda su vida laboral.

Además, tendrá que estar al corriente de pago de todas sus obligaciones con la Seguridad Social. Si tuviese alguna deuda, se puede efectuar el pago de deudas online con tarjeta.

Para solicitar la baja, con certificado digital se podrá pedir la prestación de paternidad parcial desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el menú Ciudadanos, Familia, Maternidad y paternidad.

El plazo para realizar todos los trámites es 15 días desde la fecha de inicio del derecho a coger la baja, es decir, la fecha de nacimiento, adopción o acogida.

A la hora de rellenar el formulario, tendrá que indicar el deseo de acogerse a la baja de paternidad, pero dejando claro que con la modalidad parcial, puesto que no se puede reducir la jornada de la baja una vez iniciada.

Más información

Archivado En

_
_