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La aerolínea debe devolver al pasajero la comisión cobrada por terceros si se anula el vuelo

Es exigible si la compañía conocía la existencia de las tarifas extra, según el TJUE

Reuters

El porcentaje que paga el cliente al tercero intermediario cuando compra un billete de avión ha de ser asumido por la aerolínea que cancela el vuelo. Así determina el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en una sentencia en la que resuelve el caso de una compañía aérea que no quería abonar el importe que se llevaba la agencia de viajes intermediaria.

El pasajero compró un boleto para ir desde Hamburgo (Alemania) a Faro (Portugal) a través de una agencia de viajes online. Sin embargo, el vuelo fue cancelado y el hombre pidió a la compañía que le reembolsaran los 1.100 euros que le costó el billete. Sin embargo, ésta le abonó una cantidad menor, ya que se opuso a pagar la tarifa extra que se había llevado la empresa intermediaria de la compra del pasaje.

El Tribunal de lo Civil y Penal de Hamburgo ha pedido al TJUE que resuelva si el importe que la aerolínea ha de devolver al cliente incluye la cantidad que se lleva el intermediario (en este caso la compañía de buscador del vuelo) en concepto de comisión.

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El Reglamento europeo que regula los derechos de los pasajeros aéreos establece que “corresponderá al transportista aéreo ofrecer como asistencia, en caso de cancelación del vuelo, el reembolso del coste íntegro de su billete al precio al que se compró”.

En su sentencia dictada hoy, el órgano judicial de la UE razona que, si la comisión de los intermediarios está incluida en el precio que pagó el pasajero, la aerolínea deberá responder por ella ya que forma parte del “coste íntegro” del boleto.

No obstante, la mencionada normativa exige que tanto el billete como su precio “deben haber sido autorizados por el transportista aéreo”. Por ello, el TJUE matiza que esta norma general no se aplicará cuando la comisión se haya fijado a espaldas de la compañía, cuestión que corresponde comprobar al tribunal nacional.

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