La CNMV estrecha el cerco a las comisiones en la venta de fondos
El supervisor eleva sus exigencias para evitar abusos La banca no podrá incentivos disfrazados en la gestión de carteras
Los vendedores de fondos de inversión pueden embolsarse una parte de la comisión de gestión si cumplen alguno de los dos siguientes puntos bajo el servicio de asesoramiento no independiente (en el independiente, no se podrán cobrar incentivos en ningún caso): 1) Que también ofrezca productos de terceros y no solo propios.
2) Que se comparen sus características y que la entidad realice un seguimiento de la idoneidad del producto para el cliente.
Algunas entidades y consultoras habían detectado la vía alternativa de renunciar a los incentivos de comercialización. El truco está en que en las cuentas consolidadas de los grandes grupos no tendría efecto la pérdida de incentivos por distribución. Toda la comisión de gestión quedaría en casa porque las gestoras son filiales al 100%. Así ocurre en los casos de CaixaBank, BBVA, Bankia, Sabadell y Santander, entre otros.
La CNMV cerró esa puerta trasera de inmediato, como publicó CincoDías el 15 de septiembre de 2017. “La nueva regulación de percepción (o prohibición) de incentivos no puede soslayarse mediante prácticas de integración vertical, en las que simplemente se suprima el pago explícito de incentivos por parte de la gestora al comercializador del grupo, sin alterar el resto de las condiciones en la prestación de los servicios”, afirma la CNMV a una pregunta efectuada por la asociación española de fondos de inversión Inverco.
Pero el problema seguía sin resolverse del todo en el servicio de gestión de carteras. Así, la CNMV estableció ayer su criterio y dejó escrito negro sobre blanco que los fondos destinados a los clientes de gestión de carteras no deben aplicar una comisión de gestión superior a la comisión de gestión una vez descontada la comisión de distribución aplicada a fondos iguales.
Y resalta que las gestoras no deben mirar a sus rivales: “A estos efectos, no resulta adecuado que la comparación de las comisiones se realice respecto a la media de otras sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva”.