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Los PGE traen un regalo para los autónomos de localidades pequeñas

Los Presupuestos Generales del Estado confirman ayudas a cierto tipo de autónomos que habían sido anunciadas con anterioridad por el Ejecutivo anterior.

Los trabajadores autónomos que se acaben de dar de alta y que residan en un municipio de menos de 5.000 habitantes disfrutarán de la llamada ‘tarifa plana’ el doble de tiempo. Los Presupuestos Generales del Estado contemplan que este tipo de trabajadores por cuenta propia podrán pagar la cuota de 50 euros mensuales no solo un año, sino dos.

Para beneficiarse de estas reducciones durante los doce meses posteriores al inicio de la actividad, el trabajador por cuenta propia deberá estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes, según los datos oficiales del padrón en vigor en el momento del alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia (RETA).

Además de eso, el autónomo tendrá que haberse dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de las Haciendas Forales, correspondiendo el lugar de desarrollo de la actividad declarada a un municipio cuyo padrón municipal sea inferior a 5.000 habitantes y mantener el alta por cuenta propia en dicho municipio durante los dos años siguientes al alta en el RETA, además de permanecer empadronado en el municipio los cuatro años posteriores al alta como autónomo.

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Reducción de la cuota

La reducción de la cuota que se contempla en los Presupuestos Generales del Estado es para aquellos autónomos que no han estado dados de alta como trabajadores por cuenta propia durante los dos años anteriores a la fecha en la que se piensan dar de alta.

De ser así se les ha fijado una cuota de de 50 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, en el caso de que opten por cotizar por la base mínima que les corresponda.

Alternativamente, aquellos trabajadores que opten por una base de cotización superior a la mínima que les corresponda, podrán aplicarse durante los 12 primeros meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, una reducción del 80 por ciento sobre la cuota por contingencias comunes.

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