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España pierde el tercer arbitraje de los 40 a los que se enfrenta por las renovables

El fondo soberano Masdar, de Abu Dabi, reclamaba 394 millones por el perjuicio a sus inversiones El laudo condenatorio se suma a los de Novenergia y Eiser Infraestructures

Planta fotovoltaica.
Planta fotovoltaica.
Carmen Monforte

Un nuevo traspiés para el Gobierno. El Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (Ciadi), dependiente del Banco Mundial, ha dado en parte la razón a Masdar Solar & Wind Cooperatief, un fondo radicado en países Bajos y propiedad del Emirato de Abu Dabi, en el pleito que mantenía contra España por el recorte de los incentivos a las energías renovables aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy en la reforma energética de 2013.

Este fondo, filial del fondo soberano Mubadala (dueño también de Cepsa) reclamaba 394 millones de euros, según los datos proporcionados por el Ministerio de Energía al Parlamento. Y, según fuentes del sector, se le ha reconocido algo más de 64 millones de euros, según figura en el laudo.

Masdar invirtió en tres plantas termosolares (Gemasolar, en Sevilla y valle 1 y Valle 2, en Cádiz) a través de Torresol Energy. En el proyecto participó la ingeniería española Sener.

El fondo presentó la petición de arbitraje en febrero de 2014, invocando una violación del Tratado sobre la Carta de la Energía. El Tribunal ha estado compuesto por el británico John Beechey, el estadounidense Gary Born y la francesa Brigitte Stern, que han resuelto el litigio tras cuatro años de ataques y contraataques por parte de los abogados de Masdar y la Abogacía del Estado.

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Además de la abundante documentación por escrito, las partes del arbitraje se han enfrentado en una videoconferencia, una teleconferencia y una audiencia en París. España intentó evitar el laudo hasta el último momento y tras un un primer cierre del arbitraje, el pasado de febrero, el Gobierno reclamó la reapertura del expediente.

Se trata del tercer arbitraje internacional relativo a los recortes de 2013 que se resuelve y el tercero que pierde España. Dicho recorte ascendió a unos 2.700 millones de euros. En estos momentos, se enfrenta en distintas cortes arbitrales hasta 40 pleitos. A la lista se sumó recientemente EDF, ya que el proceso está abierto y no hay plazo límite para denunciar. Además, los laudos favorables a los inversores ha incentivado nuevas demandas.

El último de los fallos, el del arbitraje de Novenergía fue emitido el pasado 15 de febrero por el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo (Suecia). Este condenaba al Reino de España por haber infringido la protección de inversión del Tratado de la Carta de la Energía. El tribunal arbitral dio la razón a dicha sociedad, con sede en Luxemburgo, que reclamaba 60,4 millones de euros y se le reconoiceron 53 millones. Novenergia, que había invertido en un total de siete plantas de generación fotovoltaica en España, denunció, como todos el resto de demandantes, que los cambios regulatorios derivados de dicha reforma contravenían la Carta de la Energía.

El primer laudo condenatorio se remonta a mayo de 2017, hace ahora a un año y lo gano el el fondo británico Eiser Infraestructures, que logró 128 millones de euros, más intereses, por los perjuicios que el recorte de las primas a las renovables causó a tres plantas termosolares en España.

De momento, el Gobierno se libra de pagar pues a finales del año pasado la CE estableció que estas indeminizaciones tienen la consideración de Ayuda de Estado y, por lo tanto, antes de pagarlas deben ser sometidas a su escrutinio. Al ser considerado como una Ayuda de Estado cualquier incentivo a las energías verdes, Bruselas entendió que la indemnización por el icentivo previamente recortado también lo era.

La Abogacía del Estado estudiará el laudo del Ciadi, de 400 páginas de extensión, antes de decidir si lo recurre, explicaron a Efe fuentes del Ministerio de Energía. Estas fuentes consideran un éxito que la cantidad a pagar haya quedado tan lejos de la demandada por Masdar. Además, el laudo no ha impuesto las costas del proceso a España. Los laudos solo pueden ser recurridos por defecto de forma.

Con cargo a la tarifa eléctrica

El Gobierno ha vuelto a incluir en una enmienda del proyecto de ley de Presupuestos del Estado de 2018 una medida que ya figuraba en los de 2017: que el coste de sentencias condenatorias contra el Estado (laudos arbitrales por el recorte de las renovables) o el sistema eléctrico relativas a la electricidad (por ejemplo, la indemnización a las empresas del sector por el el bono social de la tarifa), se pagarán con cargo al superávit de tarifa.

Por el momento, el Gobierno ha pagado los 500 millones del bono social, lo que ha recortado el superávit a unos 900 millones, y se enfrenta, a la vista de los tres laudos emitidos, a indemnizaciones millonarias, cuyo pago puede aplazar.

Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

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