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Dificultades y precauciones para el autónomo que pretenda deducirse el coche

Los expertos recuerdan que, exceptuando algunos casos, desgravarse los gastos del coche es complicado. No hay un criterio fijo, y todo dependerá de la interpretación de las autoridades fiscales.

Parece lógico pensar que un autónomo que utiliza el coche para trabajar pudiera desgravarse los gastos derivados del uso del vehículo. Sin embargo, justificar ante Hacienda que el vehículo es de uso exclusivamente laboral entraña alguna que otra dificultad, motivo por el que es complicado deducirse este tipo de gastos. No obstante, si se piensan incluir en la declaración, conviene tener presente lo que indica la ley al respecto.

El artículo 22 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas indica que el coche es de uso privado y no laboral cuando se utilice en horas y días inhábiles, después de haber desarrollado la actividad profesional. Por lo tanto, y de forma inicial, la desgravación de este gasto se encuentra con unas limitaciones que dificultan su inclusión como gasto, para el cálculo de ese impuesto.

Coches que prestan un servicio

Sin embargo, existen una serie de circunstancias en donde sí está permitido desgravarse el gasto de coche para un autónomo. Por ejemplo, cuando la actividad principal es el transporte de mercancías, o la prestación de servicios de transporte de viajeros, con contraprestación económica.

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También se puede justificar el uso laboral del coche cuando se enseñe en él a conducir a otras personas, o si se usan exclusivamente para desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.

Claves para justificar el uso del coche

A pesar de todo, Hacienda podría reclamar al autónomo justificantes de que el uso del vehículo es para uso laboral. Esto ocurre en casos como cuando uno se intenta deducir los gastos de gasolina. ¿Cómo justificar en estos casos el uso del vehículo para cuestiones laborales? La gestoría online Txerpa indica que se puede aportar a Hacienda una lista detallada de los clientes para explicarle que se debe viajar con regularidad para reunirse con ellos.

El autónomo también podrá presentar su agenda para que los técnicos de la Agencia Tributaria comprueben las visitas concertadas para los próximos meses. Pero esto no es todo. Hacienda va a exigir una justificación y documentación exahustiva, de manera que aseguran que pueden llegar a exigir correos electrónicos que demuestren que se han concertado esas visitas.

Por otro lado, se puede aportar el presupuesto de los servicios incluyendo los costes de desplazamiento. A pesar de todo, Hacienda se suele acoger de manera estricta a las leyes y no a la libre interpretación, por lo que es complicado que acepte las reclamaciones en estos casos.

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