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El Supremo confirma multas de 17 millones por los Valores Santander

Avala dos sanciones de la CNMV contra la entidad que preside Botín Incumplió protocolos de información de la clientela a la que vendió las emisiones

Sede del Tribunal Supremo.
Sede del Tribunal Supremo.Pablo Monge
Juande Portillo

El Tribunal Supremo ha confirmado dos multas contra Banco Santander por un total de 16,9 millones de euros por las infracciones cometidas en la comercialización de los llamados Valores Santander. Las multas fueron propuestas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) pero la Audiencia Nacional anuló una de ellas y el debate ha llegado a la más alta instancia judicial española.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado íntegramente la resolución del Subsecretario de Economía y Competitividad, de 16 de mayo de 2013, en la que se imponían las dos sanciones propuestas por la CNMV.

La primera, impulsada por el regulador de los mercados el 13 de junio de 2012, deriva de una infracción grave del 100 de la Ley 24/1988 de 28 de julio del Mercado de Valores por no disponer de información necesaria sobre sus clientes en el proceso de comercialización del producto “Valores Santander” y asciende a 10 millones de euros.

La segunda, basada en la orden ministerial de 20 de julio de 2012 del Secretario de Economía y Apoyo a la Empresa, por delegación del Ministro de Economía, y a propuesta de la CNMV, pena a la entidad con 6,9 mllones de euros de multa por otra falta, muy grave, respecto a la misma ley por el incumplimiento de alguna de las obligaciones que regulan la relación entre la entidad financiera y su cliente respecto al mismo producto.

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El Supremo ha decidido así estimar el recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló la multa de 10 millones y mantuvo solo la segunda, de 6,9 millones. El alto tribunal también rechaza el recurso presentado por Banco Santander para que le fuera retirada también esta segunda sanción.

Los magistrados del Supremo explican en su sentencia que no comparten la decisión de la Audiencia nacional porque los Valores Santander eran un producto de riesgo y complejidad mendia por lo que debían comercializarse entre particulares con un patrimonio superior a los 200.000 euros, según los protocolos internos del propio Santander.

Para distribuirlos entre minoristas con un patrimonio inferior, el banco debía evaluar específicamente el perfil de cada cliente y requerir a este que firme un documento reconociendo haber sido informado de los riesgos que corría, a la vez que los aceptaba.

El fallo certifica, no obstante, que el banco comercializó los valores entre tres tipos de clientes, los de banca privada, con más de 500.000 euros de patriomonio; los de banca personal, con al menos 200.000 euros; pero también entre clientes particulares sin cumplir los requisitos expuestos.

“No hay en el expediente ningún dato o documento que acredite el cumplimiento de la obligación de recabar información y perfilar a los clientes; ni consta que el banco diese a los comerciales ninguna instrucción o directriz que tuviera como finalidad impartir criterios objetivos para que la determinación la adecuación del producto al perfil de cliente se hiciera por todos los comerciales de forma relativamente homogénea”, aduce el tribunal.

“Por todo ello consideramos que aunque la fecha de la emisión del producto denominado Valores Santander es anterior a la trasposición de las Directivas MIFID por la ley 47/2007, que introdujo una regulación más pormenorizada de la obligación de recabar información de los clientes, dicha obligación ya se recogía en la anterior redacción del artículo 79 de la Ley del Mercado de Valores, que es la aplicable al caso, y Banco Santander, S.A. la incumplió, en los términos y por las razones que acabamos de exponer”, recoge el fallo.

Los Valores Santander son bonos que el banco comercializó en 2007 entre 129.000 clientes, por 7.000 millones de euros, para financiar la compra del banco holandés ABN Amro. Rentaban un 7,5% el primer año y un 2,75% los cuatro siguientes para su conversión luego en una acción de Santander por cada 13 euros en bonos.

Para la fecha del canje, sin embargo, la acción había caído a 4,5 euros y los titulares perdieron cerca del 55% de su inversión lo que ha provocado un alto número de demandas judiciales en los últimos años. 

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