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Abril, mes loco del autónomo frente a Hacienda. ¿Qué modelos debo presentar?

Por lo general, en este mes debemos prestar atención a cuatro modelos, aunque dependiendo de las circunstancias debemos aumentar la presentación de modelos ante la Agencia Tributaria.

El cuarto mes del año supone uno de los meses más ajetreados para los profesionales por cuenta propia. Gran parte de la responsabilidad la tienen las obligaciones con la Agencia Tributaria. Con anterioridad al 20 de abril, los autónomos tendrán que haber enviado sus correspondientes modelos tributarios.

Según explican desde Quipu, programa que aplica Inteligencia Artificial para solucionar tareas administrativas diarias, los modelos más comunes son el de autoliquidación de IVA (303), las facturas in IRPF (130), los gastos con retención (111) y el alquiler con retención (115).

A la hora de liquidar el IVA, por ejemplo, la empresa o autónomo deberá declarar lo que haya facturado, con independencia de si lo haya cobrado o no. Solo se hace la excepción si se está acogido al criterio de caja. Este trámite es obligatorio, aunque no se haya realizado actividad en esos tres meses, y sirve para informar a Hacienda de cuál ha sido dicha actividad.

Los autónomos que estén en módulos deberán recopilar todas las facturas, tickets y comprobantes de ese trimestre, aunque toda esa tarea es recomendable que pase por un sistema de digitalización de comprobantes.

En el caso de que más del 30% de tus facturas no hayan incluido el IRPF tendrás que presentar el modelo 130, con el objetivo de informar qué has ingresado y qué has gastado para que el 20% de ese beneficio quede en las arcas públicas. Si aplicas el IRPF a cada factura no tendrás que presentar este modelo.

Facturas de gasto

Si tienes facturas de gasto en las que haya retención deberás presentar el modelo 111. Con esto, los autónomos declaran las retenciones practicadas durante esos tres meses a los trabajadores, profesionales o empresarios con los que trabajen. Este modelo es el 111, que luego deberá complementarse con el 190 en el mes de enero.

Aquí no se incluyen los gastos de alquileres con retención, como pueden ser la factura del alquiler de un local. Para esto deberás cumplimentar el modelo 115, que también tiene equivalente anual (el 180).

Otros modelos también comunes son el 349, para empresarios y profesionales por cuenta propia con operaciones dentro de la Unión Europea, y el 347, que informa de manera anual de las operaciones realizadas con terceras personas, siempre y cuando hayan superado la cantidad de los 3.005,06 euros en ese año natural.

Por lo general, los autónomos deberán presentar cuatro modelos, pero desde Quipu, programa que aplica Inteligencia Artificial para solucionar tareas administrativas diarias, explican que “no todos los casos son iguales” y que habrá quien tenga que presentar algún modelo adicional. Para ello han diseñado un formulario disponible en su página web.

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