Autónomos: cómo conseguir el certificado de retenciones
Te explicamos para qué sirve este documento y por qué es obligatorio.
El certificado de retenciones es un documento que acredita que se nos practican las retenciones de IRPF. Éstas deben corresponderse con la suma de las cantidades reflejadas en cada factura que emitimos a las empresas o clientes que contratan nuestros servicios.
Con este certificado justificaremos que las empresas o los clientes para los que hemos trabajado, han ingresado debidamente esta cantidad de retención por los servicios prestados. Es obligatorio que nos lo faciliten ellos mismos, y este documento sea un documento original; firmado y sellado por la empresa.
Tal y como ejemplifica Júlia Areny en el blog del software de facturación Quipu, si tenemos una base imponible de 100 euros y le aplicamos una retención del 19% dejaremos de cobrar 19 euros, que son los que la empresa ingresará por nosotros a la Agencia Tributaria. Este impuesto ya no lo tendremos que abonar posteriormente.
En el certificado de retenciones, por lo tanto, constan los importes abonados, no los adeudados. Es decir, si hay alguna mensualidad pendiente de cobrar ese importe no aparecerá en el documento hasta que haya sido cobrada.
Este documento está relacionado con los justificantes de ingresos, que a menudo nos piden antes de realizar algún pago al contado de grandes sumas de dinero o, incluso, a la hora de solicitar una beca a cualquier institución o un crédito a cualquier entidad financiera o prestamista. Este documento demuestra que se han recibido determinados ingresos.
Pasos para obtener el certificado de retenciones
- Cada año, durante el mes de enero, Hacienda envía a las empresas los resúmenes de las retenciones que han practicado durante el año anterior, las cuales han ido ingresando trimestralmente a través del modelo 180.
- Una vez lo hayan presentado, la Agencia Tributaria genera los borradores con estos datos, que deberán habernos sido facilitados por cada empresa con la que hayamos trabajado. Ahí deben aparecer datos del perceptor, importe íntegro que nos ha pagado, base imponible, retenciones que le aplicamos…
- Lo habitual, como decimos, es que la empresa para la que hemos prestado servicios nos facilite este documento, pero de no ser así -o de no tener buena relación- también es posible acudir a Hacienda o solicitarlo telemáticamente en su web a través del apartado de ‘Certificados tributarios’.
¿Qué pasa cuando tú eres el cliente?
En el caso en el que hayas contratado a otro autónomo, serás tú quien deba entregarle este documento a él.