El Supremo aborda hoy los gastos de constitución de las hipotecas
Aclarará quién debe pagar el impuesto de actos jurídicos documentados El Tribunal ya advirtió que cargar todos los costes al cliente es abusivo
El Tribunal Supremo tiene previsto abordar hoy uno de los asuntos bancarios que más litigiosidad ha despertado en los últimos tiempos: el del reparto de los gastos de constitución de la hipoteca. En concreto, el Pleno de la Sala Primera de lo Civil estudiará dos recursos de casación contra sentencias de la Audiencia Provincial de Oviedo que condenaban a los clientes a abonar el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) derivado de la hipoteca.
Esta materia viene siendo objeto de un amplio debate judicial en los últimos años, dando lugar a sentencias dispares pese a que el Tribunal Supremo ya se pronunció sobre los gastos de constitución de la hipoteca en diciembre de 2015.
Su sentencia de entonces establecía que las cláusulas hipotecarias que imponen al consumidor el pago de todos los gastos asociados a la concesión del préstamo son abusivas y, por tanto, nulas. Sin embargo, los magistrados no aclaraban qué reparto de costes sería válido, ni quién debe abonar el citado impuesto, los gastos de notaría, registro y gestoría.
Como consecuencia, los fallos posteriores han recogido todas las resoluciones posibles: desde cargar toda la factura al banco que impuso la cláusula a seleccionar determinados gastos para que los asuma cada parte.
Aunque buena parte de los expertos coinciden en que la legislación apunta al consumidor como la parte que debe abonar el impuesto de actos jurídicos documentados, la duda de fondo es si el cliente deberá abonarlo incluso si la cláusula que así lo estipula es abusiva, y, siendo así, nula.
Se espera que el Tribunal Supremo aclare hoy este punto, pues los recursos que aborda se refieren a fallos en los que la Audiencia Provincial de Oviedoanuló la cláusula de reparto de gastos y cargó todos al banco, Sabadell en este caso, menos el de actos jurídicos documentados. Por este motivo, los consumidores decidieron recurrir la decisión judicial hasta la última instancia.
La importancia de la decisión del Supremo será clave para el devenir de este tipo de litigios que, junto a las demandas por cláusulas suelo opacas, hipotecas multidivisa, o IRPH, entre otras, desbordan los juzgados especializados creados en 2017 para absorber el aluvión de pleitos bancarios.
Como el impuesto de actos jurídicos documentados supone cerca de dos tercios de la factura total de los gastos de constitución de la hipoteca, es decir, supone unos 2.000 euros de los 3.000 que puede sumar la cuenta, es de prever que los consumidores dejen de demandar en masa si el Supremo aclara que nunca recuperarán lo abonado por esta tasa. Por el contrario, si el Alto Tribunal decreta que ante una cláusula nula, el banco debe reintegrar todo lo que abonó en su día el cliente, es de esperar que las demandas se multipliquen porque este tipo de cláusula era usual en todas las hipotecas.
De hecho, tras el fallo del Supremo de diciembre de 2015, la banca ha comenzado a cambiar esta condición en las hipotecas y son muchas las entidades que ya cubren una parte de los gastos, aunque todos dejan el pago del impuesto al cliente.
El asunto de los gastos de constitución de la hipoteca es una de las prioridades judiciales que el Supremo se había marcado abordar en materia de litigación bancaria para aclarar su doctrina en un momento en el que se dan gran cantidad de demandas y una fuerte disparidad entre las sentencias de instancias inferiores. El Alto Tribunal ya abordó con cierta premura los casos de hipotecas multidivisa y créditos ligados al índice IRPH por el mismo motivo en los últimos meses.
La expectación es máxima tanto por parte de las entidades financieras como por la de los consumidores y la esperanza está puesta en que hoy mismo pueda vislumbrarse el sentido del fallo del Supremo aunque es de esperar que el texto de la sentencia no se haga público hasta dentro de unas semanas.