España dejará de indemnizar por el recorte a las renovables tras el apoyo de Bruselas
A punto de publicarse dos nuevos laudos, el Gobierno se librará de resarcir a los inversores Vestager considera que cualquier indemnización debe pasar por Bruselas
Jugada redonda. Al menos, de momento. En 2014, el Gobierno de Mariano Rajoy notificó como ayuda de Estado a la Comisión Europea el régimen de incentivos alas energías renovables aprobado en 2013 en el marco de su reforma eléctrica. Y lo hizo, entre otros motivos, para blindarse frente a la avalancha de reclamaciones de los inversores internacionales que se consideraban perjudicados por el recorte que les supuso dicha reforma (unos 3.000 millones de euros).
Tal y como esperaba el Ejecutivo, el organismo comunitario publicó un dictamen a finales de diciembre por el que autoriza dicho régimen y rechaza de manera tajante las quejas de los inversores sobre un supuesto trato discriminatorio e injusto.
El Gobierno español se enfrenta en estos momentos a una treintena de arbitrajes de inversores extranjeros de sociedades de renovables, que reclaman casi 7.600 millones de euros por el perjuicio que le han ocasionado los recortes.
El Gobierno, que ha ganado ya dos pleitos, sufrió en mayo del año pasado el revés de un primer laudo condenatorio por parte del Ciadi (tribunal de arbitraje del Banco Mundial), que imponía a España el pago de 128 millones de euros al fondo británico Eiser Infraestructure.
Bajo el lema de que “las ayudas de Estado no son un derecho”, la comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, que firma el dictamen, recuerda que España, como cualquier otro Estado, puede poner fin a un régimen de subsidios cuando lo considere oportuno. Bruselas añade que los inversores no pueden invocar una expectativa legítima de rentabilidad porque el régimen español no había sido notificado a la Comisión y, por tanto, debían saber que era ilegal y podía ser declarado incompatible con las normas sobre ayudas de Estado
No ha sido ese el caso porque Bruselas ha dado por bueno el régimen de 2013 y evita pronunciarse sobre el mecanismo anterior, vigente entre 2007 y 2012 (aprobado por el Gobierno de Rodríguez Zapatero), dado que aquél fue una continuación de este. En definitiva, que las anteriores primas a la producción de renovables y los actuales incentivos a la inversión son compatibles con la normativa comunitaria.
Pero Vestager advierte que a partir de ahora España no puede pagar sin su permiso ninguna indemnización por los daños causados por el nuevo sistema, ni siquiera cuando se trate de laudos arbitrales. Algo que ha recibido con satisfacción el ministro de Energía, Álvaro Nadal, que hubiese deseado también que las primas de Zapatero se hubieran declarado ilegales. En otras palabras, Bruselas ha bendecido los incentivos actuales (unos 6.000 millones de euros anuales), pero cualquier cantidad adicional que se pretenda pagar, aunque sea porque lo obligue un laudo, debe pasar de nuevo por su ventanilla.
La primera víctima de la doctrina Vestager es Eiser, un caso expresamente citado en el dictamen de la comisaria. Aunque este fondo logró que el Ciadi le diese parcialmente la razón (reclamaba 298 millones), el Gobierno ha dado largas a la ejecución recurriendo la decisión ante el Ciadi. Un portavoz de Energía asegura que si el ministerio ha recurrido “es porque considera que tiene razón. El recurso de anulación ha sido admitido a trámite, así que entendemos que el tribunal lo está pensando y ve que está fundamentado”. Y añade: “seguiremos defendiendo el caso en los tribunales internacionales”.
En su dictamen, la CE advierte que ese pago constituiría una nueva ayuda de Estado. “Los tribunales de arbitraje no son competentes para autorizarlas”, trona la Comisión. Y exige que cualquier pago quede paralizado hasta que el organismo comunitario dé su veredicto sobre esa nueva ayuda. Bruselas se reserva así la última palabra sobre el pago al inversor británico.
La lista de indemnizaciones se podría ampliar rápidamente, según se vayan publicando los laudos. Así, indican fuentes del sector, estarían al caer los correspondientes a los arbitrajes de Antin Infraestructure Service, un fondo radicado en Luxemburgo, y Masdar Solar Wind & Cooperatief, de Países Bajos, que reclaman a España, respectivamente, 238 millones y 260 millones.
Una factura que España no deberá abonar, de ser considerada una ayuda ilegal por la CE. Más concretamente, el consumidor eléctrico, que, por decisión del ministro de Energía, sería el encargado de pagar dichas indemnizaciones.
Caso abierto
El objetivo de la reforma eléctrica fue acabar con el déficit eléctrico y gracias a los recortes el sistema ha llegado a acumular un superávit unos mil millones de euros. Paradójicamente, estos fondos se destinarían, si Bruselas no lo remedia, a indemnizar a los inversores extranjeros. Frente a los nacionales, estos pueden invocar los acuerdos bilaterales de protección recíproca de inversiones que España ha mantiene con otros países.
Vestager, de momento, no se ha pronunciado sobre el pago a Eiser. Pero el fondo británico podría haber logrado una victoria pírrica porque el dictamen de la comisaria ya deja claro que no es partidaria de conceder ninguna indemnización tras el cambio de régimen de ayudas. “España no ha violado los principios de seguridad legal y expectativas legítimas bajo el derecho de la Unión”, señala el documento de la Comisión Europea.
El texto está redactado solo en inglés, porque el Gobierno renunció a su derecho a que el dictamen se emitiese en español, en lo que parece una clara señal de las prisas del Gobierno de acelerar la publicación de un dictamen que le favorece y está dirigido, sobre todo, a la comunidad internacional.
La Comisión destaca, como punto de partida, que la mayoría de las reclamaciones contra España han sido planteadas por inversores procedentes de otros Estados miembros de la UE en base al Tratado de la Carta de la Energía, que prevé tribunales de arbitraje en caso de conflictos con los inversores. Bruselas señala, sin embargo, que esos tribunales no pueden pronunciarse sobre conflictos intracomunitarios porque en esos caso prima el derecho de la Unión.
Aparte del procedimiento, la CE también rechaza el fondo de las reclamaciones contra España, tanto las de los inversores intracomunitarios como las de los extracomunitarios. Bruselas considera que ni unos ni otros pueden esgrimir una expectativa de rentabilidad frustrada a partir de un régimen de ayudas de Estado que era ilegal.
Aunque muchos de los fondos denunciantes tienen sede en países europeos, lo que determina si es un inversor es extracomunitario es la nacionalidad de su capital.
Un argumento muy leguleyo y "de mala fe"
Las autoridades de la Competencia europeas han querido aprovechar el caso de las indemnizaciones millonarias reclamadas a España por los fondos internacionales, para hacer valer su poder sobre ayudas de Estado y sobre las reclamaciones entre Estados. Sin embargo, según indican fuentes jurídicas, la decisión de que se le notifiquen las indemnizaciones impuestas por árbitros internacionales resulta “muy leguleyo” y de “mala fe”.
Resulta extraño –añaden–, que el Gobierno notificase los incentivos a las renovables después de su aprobación y una vez que los inversores extranjeros comenzasen a acudir a los tribunales arbitrales.
De momento, Eiser Infrastructure, el fondo británico que logró el año pasado un laudo favorable del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi), que impuso a España que le indemnice con 128 millones de euros logró en junio del año pasado que el juez federal del Distrito Sur de Nueva York, Lewis Kaplan, reconociese las obligaciones pecuniarias derivadas de dicho laudo.
La decisión judicial supone el reconocimiento e inscripción del laudo como sentencia en la Corte del Distrito de Nueva York. Si España no paga, se enfrentaría a las consecuencias de posibles embargos.
Eiser y su filial Energía Solar Luxembourg, que presentaron el arbitraje en diciembre de 2013 en el Ciadi invocando el Tratado de la Carta de la Energía, poseen dos plantas fotovoltaicas en Extremadura y Castilla-La Mancha. Defendida por el despacho de abogados Allen & Overy, fue el primer arbitraje que ha perdido España por el recorte de la retribución a las renovables. Ha ganado otros dos y un tercero relativo a los recortes del Gobierno de Rodríguez Zapatero.
Una vez conocido el resultado del arbitraje, Eiser presentó la petición de reconocimiento del laudo contra el Reino de España el 19 19 de mayo ante el citado tribunal neoyorquino. El fondo británico reclama también los intereses acumulados entre el 20 de junio de 2014 y el 4 de mayo de 2017 a un tipo del 2,07% mensual, y a al 2,50% desde el 4 de mayo hasta la fecha de pago.