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Las novedades sobre la jubilación que trae 2018

En los últimos meses hemos leído mucho sobre pensiones de jubilación. Uno de los mensajes clave para la planificación de esta etapa vital, como hemos explicado anteriormente en este blog, es que las pensiones se van a reducir en el futuro, como consecuencia de las reformas aprobadas hace unos años, y que, probablemente, tengamos que plantearnos trabajar más años. Vamos a repasar las novedades que trae 2018 respecto a la jubilación.

Con la reforma de 2011, la edad legal de jubilación se incrementa cada año de forma progresiva hasta que se sitúe en 67 años en 2027 (podrán hacerlo a los 65 quienes hayan cotizado 38 años y seis meses en ese año). Esto significa que todos los nacidos a partir de 1960, la generación del baby boom en España, no podrán retirarse antes de dicha edad si quieren cobrar el 100% de su pensión.

Así, en 2018, la edad legal de jubilación es 65 años y 6 meses (y el año que viene serán 65 años y 8 meses). Existe una excepción: pueden jubilarse a los 65 años y cobrar el importe íntegro de la pensión correspondiente quienes hayan cotizado a la Seguridad Social 36 años y medio.

Y para acceder de forma voluntaria a la jubilación anticipada será necesario tener 63 años y seis meses si se ha cotizado al menos 35 años (y conviene que recordemos que por cada trimestre que se adelanta la jubilación, como hemos explicado en otros artículos en este blog, se reduce la cuantía de la pensión).

Por otra parte, a la hora de calcular el importe de la pensión de jubilación, también se endurecen las condiciones de forma paulatina como consecuencia de las reformas realizadas en el sistema de pensiones. Para calcular la pensión, el periodo que se tiene en cuenta se incrementa gradualmente (desde 2013) para pasar de los 15 últimos años cotizados hasta los 25 años en 2017. En 2018, el periodo que se tiene en cuenta para el cálculo de la pensión es de 21 años.

Respecto al poder adquisitivo de las pensiones, como decíamos, se irá reduciendo. En 2018, por quinto año consecutivo, la revalorización de las pensiones será del 0,25%, el mínimo legal -mientras que el IPC ha cerrado 2017 en el 1,2%, lo que supone una pérdida de poder de compra de 0,9 puntos porcentuales solo en un año-. Con esta subida aprobada en el último Consejo de Ministros del año, la pensión mínima queda fijada en 639,3 euros y la máxima en 2.580,1 euros (en ambos casos, 14 pagas). Tal y como explicaba el texto del Real Decreto, el coste total de la revalorización de las pensiones en 2018 es de 297,32 millones de euros.

La revalorización de las pensiones viene determinada por la situación financiera de la Seguridad Social: si existe déficit, solo se incrementan el mínimo de 0,25%. En el caso de que existiera superávit, podrían aumentar hasta un máximo de IPC+0,5%. A partir de 2019, se aplicará, además, el llamado factor de sostenibilidad, un sistema de cálculo que vinculará el importe de las pensiones con la evolución de la esperanza de vida.

La base máxima de cotización se mantendrá este año en 3.751,2 euros, mientras que la mínima se incrementará un 4% (lo mismo que el salario mínimo). En el caso de los trabajadores autónomos, la base máxima de cotización continúa en 3.751,2 euros mensuales en 2018 y la mínima, en 919,8 euros.

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