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Límites a la cuota de autónomos al cumplir 48 años

La base mínima de cotización aumenta hasta los 992,10 euros siempre que no se hayan cotizado un lustro en régimen general antes de los 50

La entrada en vigor de los Presupuestos Generales del Estado trae consigo variaciones en las bases mínimas y máximas que cotizan los trabajadores autónomos. Estos cambios, afectan especialmente a los autónomos de 48 años o más, al modificar obligatoriamente sus límites de cotización. Actualmente, dichos límites quedan así:

Con 48 años a 1 de enero de 2017, tu base de cotización mínima está comprendida entre 992,19 y 1.964,70 euros, salvo excepciones (que seas cónyuge mayor de 45 años y te hayas tenido que hacer cargo del negocio de un autónomo fallecido). En esta circunstancia, la horquilla varía en entre los 893,10 y 1.964,70 euros mensuales.

Por otro lado, los trabajadores que superen el medio siglo y hayan cotizado cinco años en cualquiera de las categorías del régimen general, mantendrán la base congelada en 919,80 euros. Sus límites máximos variarán según la última base acreditada de la siguiente manera: 2.023,50 euros mensuales, si la última base fuera igual o inferior a 1.964,70. Y la última base acreditada se verá incrementada en un 3%, cuando ésta hubiera sido superior a 1.964,70 euros mensuales.

España supera los 3,21 millones de autónomos que, tras el anuncio del Gobierno, deben tener en cuenta sus años a fecha 1 de enero de 2017. Patricia Gutiérrez, de Asesoría F1 Pyme, aclara que otro perfil de autónomo que se ve afectado por la entrada en vigor de los presupuestos son los trabajadores denominados autónomos societarios que durante algún momento de 2016 anterior hayan tenido 10 o más trabajadores contratados por cuenta ajena, ellos se enfrentan a una base mínima de 1.152,90 euros mensuales, con independencia de su edad.

Otro perfil que no se ve afectado por la edad son los trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio y los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que perciban ingresos directamente de los compradores, quienes podrán elegir como base mínima de cotización 893,24 euros.

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