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La CNMV podrá acceder a los registros de las operadoras para investigar abusos de mercado

Tendrá capacidad para saber quién hizo las llamadas, a quién y cuándo El Gobierno cambia una ley de 2007 que restringía este poder a las fuerzas de seguridad, a la Agencia Tributaria y al CNI

Imagen de la sede de la CNMV en Madrid.
Imagen de la sede de la CNMV en Madrid.

La CNMV estrenará muchos poderes a partir de enero del próximo año. Uno de ellos será la capacidad de requerir, con autorización judicial, los registros telefónicos y de tráfico de datos a los operadores de telecomunicaciones. Telefónica, Vodafone y Orange son los más grandes, pero todos ellos se verán obligados.

El supervisor de los mercados tendrá en este tema la misma capacidad que el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), la policía y la Agencia Tributaria, a través de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera, cuando investigue uso de información privilegiada o manipulación de precios en el mercado. Solo lo podrá hacer, eso sí, con el visto bueno de un juez y a través de su presidente o vicepresidente.

El presidente de la CNMV, Sebastián Albella, ha conseguido, tras solicitarlo explícitamente, que Economía incluya una modificación clave en la reforma que traspone la directiva para que los mercados europeos funcionen mejor, Mifid 2 . La norma modifica la ley de conservación de las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, en vigor desde finales de 2007.

Esa regulación, que cumple justo ahora 10 años, exige a las telecos que guarden los registros de llamadas y los datos de comunicaciones electrónicas un año, aunque este plazo se puede disminuir reglamentariamente a seis meses o aumentar a dos años.

El abuso de mercado en los últimos 10 años

 

El presidente del supervisor detalló en abril que desde 2007 la CNMV ha impuesto 76 sanciones relativas al abuso de mercado: 41 por manipulación de precios, 24 por insider trading (uso de información privilegiada) y 11 por no comunicar cuestiones sospechosas.

La CNMV ha remitido 11 casos a la Fiscalía en la última década, de los que seis han terminado en condena. “Estas cifras nos ponen en buen lugar en términos comparados”, aseguró Sebastián Albella. El Código Penal en sus artículos 284 y 285 tipifica como delitos el uso de información privilegiada y la manipulación de precios. En la manipulación de precios las penas de cárcel oscilan entre los seis meses y los dos años. En el uso de información privilegiada el castigo va de los cuatro años a los seis si existen agravantes. Estas conductas aparecen tipificadas como delito desde 1996, si bien los artículos han sido reformados en varias ocasiones desde entonces.

 

El supervisor compartirá esta capacidad con los policías y los agentes de inteligencia para combatir el abuso de mercado

Esa norma eliminó la capacidad del supervisor de los mercados de exigir esa información, aunque esté investigando posibles abusos de mercado en alguna de sus dos vertientes: utilización de información privilegiada (o insider trading, en la jerga, cuando una persona conoce de antemano que se va a producir una operación corporativa y utiliza ese conocimiento para lucrarse) o manipulación de precios (por ejemplo, difundir información falsa para disparar o hundir una cotización o utilizar para esos mismos objetivos la autocartera).

El Gobierno utiliza la reforma de la Ley del Mercado de Valores para ampliar en qué contextos puede requerirse esa información a los operadores. Ahora los datos se entregan cuando son “requeridos a través de la correspondiente autorización judicial para detener, investigar y enjuiciar delitos graves contemplados en el Código Penal”. El cambio agranda el ámbito a la “investigación y persecución del abuso de mercado en el ámbito del mercado de valores cuando haya sospecha razonable de que se ha cometido una infracción y dichos registros puedan ser relevantes para la investigación”.

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También se amplía el número de personas que pueden solicitar esa información. Ahora los denominados “agentes facultados” para exigirla son las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando desempeñen funciones de policía judicial, los funcionarios de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera, dependiente de la Agencia Tributaria, y los agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

La norma que entrará en vigor en 2018 menciona dos personas más: el presidente de la CNMV, Sebastián Albella en la actualidad, y su vicepresidenta, ahora Ana María Martínez-Pina. La nueva potestad permitirá saber quién llamó a quién y en qué momento. “No se trata de conocer el contenido de las conversaciones, pero sí de si ha habido contactos entre personas que hayan podido estar implicadas en situaciones relacionadas con el abuso de mercado”, señaló Albella el pasado abril.

Precisamente ahora la CNMV está en plena renovación de sus herramientas para prevenir el abuso de mercado con “la adquisición y desarrollo de nuevas aplicaciones informáticas para el análisis de datos y el seguimiento de esas investigaciones”, según el programa de actividades del organismo para este ejercicio.

Desde julio del año pasado, ante la entrada en vigor del reglamento europeo sobre abuso de mercado, está prohibido que las personas con responsabilidades de dirección realicen operaciones de compraventa en los 30 días naturales anteriores a la publicación de los informes trimestrales de resultados. Además, han de comunicar las transacciones en un máximo de tres días hábiles, en lugar de los cinco anteriores.

Blanqueo

Otra de los logros del presidente del supervisor es que se le dará también acceso directo al fichero de titularidades del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), con el objetivo de utilizar una herramienta “más eficaz”, “más completa” y “más rápida” para sus investigaciones respecto a abuso de mercado.

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