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Ayudas a autónomos

Autónomo: ¿vas a tener un hijo? Así se calcula el subsidio que cobrarás

Estas prestaciones económicas por maternidad y por paternidad consistirán en un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora

La nueva Ley de Autónomos contempla un mecanismo para calcular el subsidio que cobrará un autónomo o autónoma que vaya a ser padre o madre. Estas prestaciones económicas por maternidad y por paternidad consistirán en un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora cuya cuantía diaria será el resultado de dividir entre 180 la suma de las bases de cotización acreditadas a este régimen especial durante los seis meses inmediatamente anteriores al del hecho causante.

La nueva normativa prevé, asimismo, que de no haber permanecido en alta en el régimen especial durante la totalidad del referido periodo de seis meses, la base reguladora será el resultado de dividir las bases de cotización al régimen especial acreditadas en los seis meses inmediatamente anteriores al del hecho causante entre los días en que el trabajador haya estado en alta.

Del mismo modo, se contempla que los periodos durante los que el trabajador por cuenta propia tendrá derecho a percibir los subsidios por maternidad y paternidad sean coincidentes con los periodos de descanso laboral establecidos para los trabajadores por cuenta ajena.

También ha quedado establecido que los periodos de maternidad y paternidad en régimen de jornada parcial también podrán ser disfrutados, en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente. La prestación por paternidad podrá ser denegada, anulada o suspendida por las mismas causas establecidas para la prestación por maternidad.

El subsidio podrá reconocerse por el Instituto Nacional de la Seguridad Social mediante resolución provisional teniendo en cuenta la última base de cotización por contingencias comunes que conste en las bases de datos corporativas del sistema. Si posteriormente se comprobase que la base de cotización fuese diferente a la utilizada en la resolución provisional, se recalculará la prestación y se emitirá resolución definitiva.

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