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El Tribunal de la UE pone coto a los gastos abusivos que cobran las aerolíneas

Avala que los países anulen comisiones de vuelo que perjudiquen al consumidor Exige a las compañías de aviación desglosar con claridad cada cobro al cliente

Avión de la compañía Air Berlin.
Avión de la compañía Air Berlin.Reuters
Juande Portillo

La encendida defensa de la protección al consumidor que viene proporcionando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no se ciñe solo a los derechos de los clientes de la banca, sino que afecta también a otros grandes sectores como el de las aerolíneas.

Así lo ha dejado claro la Corte de Luxemburgo este jueves en un fallo que abre la puerta a que los Estados miembros puedan cancelar los gastos abusivos que las compañías de aviación cobran a sus clientes.

El pronunciamiento se ha producido en respuesta un litigio entre la unión federal alemana de centrales de consumidores (Bundesverband der Verbraucherzentralen) y la compañía Air Berlin.

La compañía incluye una cláusula por la que cuando un pasajero anula su reserva de un vuelo de tarifa económica o no se presente a su embarque, se le restará un importe de 25 euros en concepto de gastos de tramitación sobre la cuantía que se le devuelve, lo que los consumidores consideraban una comisión “desproporcionada”.

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La unión federal de consumidores consideraba además que, al tratarse del cumplimiento de una obligación legal, Air Berlin no puede exigir gastos específicos. La asociación denunciaba, además, que la compañía aérea no desglosaba correctamente los diferentes gastos del billete y ofrecía información engañosa sobre el coste de las distintas tasas, por ejemplo.

El Tribunal de Justicia de la UE ha expuesto que la libertad de fijación de precios para las aerolíneas no se opone a la aplicación de la directiva europea en materia de protección al consumidor que pueden llevar a anular las cláusulas que se considere abusivas.

En cuanto a la transparencia en los precios, el TJUE advierte que en virtud del reglamento de explotación de servicios aéreos las compañías deben precisar por separado qué importes corresponden a impuestos, tasas aeroportuarias, así como los cánones, recargos y derechos, independientemente de la tarifa del vuelo.

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