El compromiso de la dirección, puntal del ‘compliance’
Los canales de denuncia se revelan eficaces para prevenir delitos Diversos estándares internacionales garantizan la adopción buenas prácticas
Las empresas se enfrentan en la actualidad a un entorno normativo complicado, con cada vez más normas y a su vez con contenidos cada más complejos. Y las consecuencias de su incumplimiento son cada vez más graves. Por eso para las organizaciones resulta prioritario regular el cumplimiento normativo (o compliance), consistente en establecer las políticas y procesos tendentes a garantizar que se cumple el marco normativo aplicable.
Sobre la importancia del cumplimiento para la empresa y su equipo directivo debatieron en el marco del V Foro Anual del Consejero, organizado por KPMG, IESE y El País, con el patrocinio de Aon y Heidrick & Struggles, Alain Casanovas, socio responsable de legal compliance de KPMG Abogados; Miguel Duro, profesor de Contabilidad y Control de IESE Business School, y Vicente Santamaría de Paredes, director general de área de cumplimiento de Acciona.
Alain Casanovas destacó la gran preocupación que genera, en la empresa, adoptar “una regulación de cumplimiento que no sea criticable, sobre si se está empleando la diligencia debida con los estándares que demanda el ordenamiento jurídico y la sociedad”. Un dilema que hizo extensible a los operadores jurídicos. “Al final, fiscales y jueces también necesitan parámetros para saber si esa conducta seguida era adecuada o no. Es una preocupación global”.
La solución, para Casanovas, consiste en establecer unos parámetros de conducta generalmente aceptados en el ámbito del cumplimiento. “Unos estándares de normalidad, de buenas prácticas profundamente debatidas a nivel internacional y aceptadas por muchos países. Si se llega a un nivel de consenso, eso es una garantía para todos”. Pero, para que realmente funcione un sistema de compliance, Casanovas apeló al compromiso: “El tone at the top, pero que ese tono ético se materialice en conductas”.
El profesor del IESE Miguel Duro, basándose en un estudio realizado por el nobel de economía Gary Becker, concluyó que “es muy difícil reducir el delito por tres razones: la falta de arrepentimiento de quienes cometieron el delito; la gran distancia entre el delito cometido y las víctimas, y la presión, tanto de analistas y los medios como la social”. A su juicio, la mejor forma de reducir esos delitos es a través de “los canales de denuncia, por supuesto internos, pero sobre todo externos, que sean abiertos y anónimos”.
“Los canales de denuncia ganan mucha eficacia cuando son anónimos y abiertos”, abundó Casanovas, que lamentó que en España los canales deban ser confidenciales y nominativos. “Es un tema que va a cambiar”, aseguró.
Para Vicente Santamaría, “la función del cumplimiento normativo forma parte del cambio cultural que se está produciendo en la forma de actuar de las empresas”, pero que en España se consideró desde hace poco tiempo. En concreto, en Acciona, no fue hasta la reforma del Código Penal de 2010, que consideraba la responsabilidad penal de las personas jurídicas, cuando se realizó un estudio interno sobre la política preventiva de carácter corporativo. Y en 2013, “cuando tratamos de establecer un modelo basado en la identificación de los riesgos penales que afectaban a la actividad que desarrollaba el grupo”.
El modelo implantado por Acciona se basa en tres pilares, explicó Santamaría: el código de conducta, las políticas corporativas y la normas internas de desarrollo de estas políticas. Pero, “para que todo funcione lo fundamental es el compromiso personal de los directivos”, resumió.
Estándares
La Organización Internacional de Normalización (ISO, por sus siglas en inglés) ha ido creando estándares internacionales de sistemas de gestión de cumplimiento normativo.
ISO 19600-2015. Es la referencia internacional que establece las buenas prácticas en materia de gestión de compliance. Es aplicable a todo tipo de organizaciones y compatible con otras normas que establecen sistemas de gestión.
ISO 37001-2016. Establece un modo de gestión de la empresa dirigido a evitar el soborno. Desarrolla medidas y controles reconocidos internacionalmente como buenas prácticas.
UNE 19601-2017. Estándar nacional incluye los requisitos exigibles para la correcta implantación de un sistema de gestión de compliance penal.