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Control del gasto público

Los ayuntamientos tendrán que auditar a todas sus empresas

Fiscalizarán el 80% de las cuentas consolidadas en el ejercicio fiscal Deberán contar con un presupuesto anual para la auditoría

Policías frente al ayuntamiento de Valdemoro (Madrid) en el transcurso de una operación anticorrupción.
Policías frente al ayuntamiento de Valdemoro (Madrid) en el transcurso de una operación anticorrupción.Efe

Los ayuntamientos estarán obligados a partir del 1 de enero de 2019 a auditar a todas sus entidades públicas. Estas empresas y fundaciones han sido utilizadas por un gran número de regidores para lucrarse e incluso para inflar hasta niveles insostenibles el nivel de endeudamiento de los consistorios, gracias en gran medida a que el control del Tribunal de Cuentas era posterior. En muchos de los casos de corrupción surgidos como la trama Gurtel, la Púnica o Lezo se ha desvelado una ausencia total de controles en la adjudicación de contratos en los ayuntamientos.

Un real decreto que entró en vigor el pasado 12 de mayo pone a los ayuntamientos en el mismo nivel de obligaciones que tienen el Estado y las comunidades autónomas. Y estas pasan porque los consistorios estarán obligados a auditar a sus empresas públicas y fundaciones. Según los últimos datos de Hacienda existen más de 2.100 entes de esta naturaleza que no están obligados a someterse a una auditoría, con la excepción de las de mayor tamaño.

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Los consistorios dispondrán de un período transitorio de seis meses para hacer un plan de formación a sus interventores y un plan anual de auditoría hasta el 1 de enero de 2019 La nueva norma establece la obligatoriedad “de realizar un control financiero, mediante auditoría, de todos los gastos con intervención limitada previa y anualmente del 80% del presupuesto consolidado de la entidad”. El restante 20% se fiscalizaría en los dos años siguientes.

Alejandro Martínez, socio del sector público de EY, subraya que otra de las principales novedades del decreto es el cambio que se establece con la introducción de la fiscalización limitada previa. Hasta ahora, el interventor tenía que dar la conformidad previa a todos los expedientes que supusieran un incremento de gasto, lo que ralentizaba la aprobación de los mismos y suponía la asunción de una responsabilidad que no le correspondía. “Ahora el gestor asumirá que todo se ha hecho conforme la ley y el interventor hará un análisis de los expedientes a posteriori, analizando a fondo todos los aspectos”, apuntó en un encuentro con medios. María Jesús Escobar, socio responsable de Sector Público de EY, recalca que los ayuntamientos deberán consignar anualmente una partida presupuestaria y que el esquema de resolución de disputas y conflictos sobre las auditorías cambia, otorgando la potestad al pleno del ayuntamiento en detrimento del interventor. El pleno municipal tendrá más poder para resolver las disputas sobre las cuentas, ahora en manos del interventor

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