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Tribuna
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Luces y sombras de los incentivos al cine

La enmienda a los Presupuestos aumenta las deducciones y ayudas a proyectos españoles y extranjeros

El ministro de cultura, Íñigo Méndez de Vigo, y la presidenta de la Academia de Cine, Yvonne Blak.
El ministro de cultura, Íñigo Méndez de Vigo, y la presidenta de la Academia de Cine, Yvonne Blak.EFE

El pasado lunes se publicaba en el Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados una enmienda al proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 que modifica los incentivos fiscales al cine. La enmienda pactada por PP y Ciudadanos, a iniciativa de este último, supone un avance para el sector del cine por un doble motivo. Primero, porque prevé un incremento de las deducciones en el impuesto sobre sociedades para la producción de películas y de series de ficción, animación o documental. Y segundo, porque aclara que las Agrupaciones de Interés Económico (AIE) tienen la consideración de productores y, por tanto, son beneficiarias de estos incentivos.

La primera medida, relativa al aumento de las deducciones por inversiones en producciones cinematográficas, prevé un incremento del porcentaje de deducción para las producciones españolas desde el 20% al 25% para el primer millón de euros de inversión y del 18% al 20% sobre el exceso de dicho importe. Para las producciones extranjeras que encarguen parte de su producción a productores españoles se aumenta la deducción del 15% al 20% sobre los gastos realizados en territorio español, siempre que estos sean al menos de un millón de euros, elevando a su vez el importe máximo de la deducción hasta los tres millones. También se mejoran los límites para que los productores puedan combinar todas las ayudas públicas al cine. Estos pasan del 50% al 60% del coste de producción para producciones transfronterizas financiadas por más de un Estado miembro de la UE.

La segunda medida aclara la condición de productoras de las AIE, siempre que se constituyan como productores independientes, se incorporen a la producción con anterioridad a la fecha de finalización del rodaje y designen al productor ejecutivo encargado de asumir la iniciativa del proyecto. Si bien la intención es buena, la redacción propuesta generará más de una discusión. Hubiera sido recomendable eliminar la referencia a independientes, objetivando la condición de productoras a aquellas AIE que estén inscritas como tal en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales y se incorporen a la película antes la finalización de la producción (redacción, propuesta por Ciudadanos en la enmienda original).

No obstante, no podemos dejar de resaltar la importancia de considerar productoras a las AIE. Esta precisión pretende neutralizar los argumentos esgrimidos por la Agencia Tributaria para denegar la aplicación de la deducción a estas entidades, a través de las que se ha canalizado en los últimos años un importante porcentaje de la financiación e inversión en el sector del cine.

La Agencia Tributaria había considerado en varias actas que las AIE no se constituían como entidades dedicadas a la producción, ya que no tenían la iniciativa ni asumían la responsabilidad sobre esta actividad. Así, la Agencia Tributaria concluía que las AIE carecen de capacidad para realizar funciones de producción al no poseer los medios necesarios. Por ello, no tendrían derecho a los incentivos fiscales previstos para los productores.

Frente a esta postura, la enmienda aprobada pretende otorgar seguridad jurídica y certidumbre a la intervención de las AIE en la producción del cine. La aclaración de que son productoras es, por tanto, bienvenida. Pero es preocupante que el legislador tenga que recurrir a una enmienda de este estilo para corregir a la Agencia Tributaria en un supuesto que ya se encontraba amparado en la Ley del Cine y que había sido ratificado por el Ministerio de Cultura, el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Dirección General de Tributos. Es un ejemplo más en el que la disparidad de criterios entre el órgano encargado de interpretar la normativa tributaria (Dirección General de Tributos) y el responsable de su aplicación (Agencia Tributaria) contribuye a generar inestabilidad entre los contribuyentes.

De cara al futuro sería deseable que las reglas del juego en esta y otras situaciones similares no se pusieran permanentemente en entredicho por la Agencia Tributaria, para así evitar que el recurso a los parches se convierta en una práctica habitual. Un marco legal estable, cierto y duradero resulta fundamental para captar inversión y ganar competitividad. Confiemos en que la enmienda transaccionada sirva en este caso para cerrar definitivamente el capítulo de las AIE como productoras.

Adolfo Zunzunegui y Juan Gutiérrez son abogados de Allen & Overy.

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