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Uber pierde el primer asalto judicial contra los taxistas españoles

El dictamen provisonal de Luxemburgo da la razón al gremio profesional España podría exigir una licencia de taxi a los conductores de la plataforma digital

Manifestación de taxistas el 26 de abril de 2017.
Manifestación de taxistas el 26 de abril de 2017.EFE

El Tribunal de Justicia europea ha dejado hoy visto para sentencia el conflicto entre Uber y una asociación española de taxistas, con unas conclusiones preliminares en las que se muestra favorable a un gremio de conductores que está en pie de guerra desde la llegada de la compañía estadounidense a Europa.

El veredicto definitivo todavía tardará varios meses en llegar. Pero las conclusiones de hoy, elaboradas por el Abogado General del Tribunal Maciej Szpunar, se decantan claramente a favor de la posibilidad de que España obligue a Uber a disponer de las licencias y autorizaciones habituales.

Si la sentencia sigue el razonamiento del Abogado General, el fallo podría suponer una revolución en la llamada economía colaborativa y podría afectar no sólo a Uber sino también a compañías como BlaBlaCar (en transporte interurbano) o Airbnb (alojamientos).

Los magistrados europeos deben dirimir si Uber funciona en España como una mera plataforma tecnológica, tal y como defiende la compañía estadounidense, o como una empresa de transportes, como acusan los taxistas.

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El Abogado General del caso concluye que "el servicio ofrecido por Uber no puede calificarse de servicio de la sociedad de la información", sino que se trata "de la organización y gestión de un sistema completo de transporte urbano bajo petición".

El magistrado equipara así las prestaciones de Uber a las de cualquier servicio de taxi, por lo que estaría sometido a las normas nacionales e, incluso, locales, que rigen para ese tipo de actividad.

La compañía, de momento, ha encajado con aplomo la sacudida. "Esperamos la decisión final del Tribunal a finales de año", ha señalado Uber en un comunicado. Y asegura que "ser considerados una empresa de transporte no cambiaría la operativa que actualmente tenemos en la mayoría de países de la Unión Europea", donde solo trabajan hoy con licencias de vehículos con chófer (VTC). Es el caso de España. La empresa añade, además, que "esta decisión confirma la necesidad de un cambio normativo para que millones de personas puedan acceder a una movilidad más asequible y sostenible".

Las conclusiones del Abogado, sin embargo, señalan que "la polémica relativa al estatuto de los conductores frente a Uber (..) es completamente ajena" al caso que se juzga, en el que sólo se pretende determinar si la multinacional estadounidense es o no una empresas de transporte. Y el magistrado concluye que sí.

Incumple los requisitos

Uber, según Szpunar, ofrece un servicio mixto, una parte por vía electrónica (la conexión entre conductor y viajero) y, la otra no (el transporte en sí). El Abogado General considera que ese tipo de servicio puede considerarse como puramente digital si la prestación que no se facilita por vía electrónica es económicamente independiente de la otra (caso de las plataformas para compra de billetes o reserva de hoteles) o si las dos partes del servicio (la que se presta por vía electrónica y la que no) forman un conjunto indisociable.

Pero el Abogado General considera que "Uber no cumple ninguno de estos dos requisitos". El magistrado asegura que los conductores no ejercen una actividad propia al margen de la plataforma, sino todo lo contrario. "Uber controla los factores económicamente relevantes", señalan las conclusiones del caso, que recuerdan que la compañía estadounidense impone requisitos a los conductores, controla la calidad de su servicio y fija la tarifa.

El dictamen también descarta que se pueda considerar a Uber como un mero intermediario o como una empresa de vehículo compartido, ya que los conductores no se limitan a compartir los gastos sino que son remunerados por el servicio.

Por todo ello, el magistrado concluye que Uber es una empresa de transporte y, por tanto, no puede acogerse a la libre prestación de servicios que disfrutan las empresas de la sociedad de la información. Una conclusión que puede marcar el futuro de Uber en Europa y el de otras plataformas digitales similares.

El director general de la patronal tecnológica Adigital, José Luis Zimmermann, destaca, no obstante, que este dictamen judicial solo se circunscribe al servicio entre particulares de Uber, Uberpop, suspendido cautelarmente por un juez en Madrid desde diciembre de 2014, pero no a UberX, el servicio de coches con conductor (y licencia) que la multinacional estadounidense ofrece hoy en España. Aún así, admite que la resolución podría frenar la expansión de los servicios prestados por "esa figura que llamamos el ciudadano productor", aunque asegura que no cree que afecte a otras plataformas de economía colobativa como BlaBlaCar o Airbnb.

Zimmermann asegura que el Abogado General argumenta que el servicio que ofrece Uber no se daría si no existiese la compañía. Es decir, que crea oferta. "Pero eso no se da en el caso de BlaBlaCar ni Airbnb, puesto que el compartir trayecto o el alquilar casas entre particulares es una actividad que ya se daba antes de que surgieran estas empresas", aunque a diferente escala. 

Con todo, Zimmermann afirma que es necesario avanzar en una regulación que evite toda la controversia que se está generando y la judicialización del tema. "Es evidente que internet está permitiendo que surjan nuevas actividades y esto hay que encajarlo con garantías y resolviéndolo con voluntad política, pero no dejando que sea el juez quien decida, porque al final el juez lo que hace es interpretar un marco normativo existente, que no contempla modelos innovadores de negocio como el de Uber".

El mismo juez que en las hipotecas

El juez José María Fernández Seijo revolucionó en 2013 el mercado hipotecario español y ahora parece a punto de sentar las bases de una histórica sentencia sobre Uber.

El titular del juzgado mercantil número 3 de Barcelona es el responsable de la consulta prejudicial que permitirá a la Corte europea de Luxemburgo empezar a dirimir el agrio conflicto entre los gremios de taxistas y la compañía estadounidense que facilita el transporte de pasajeros entre particulares a través de una aplicación de telefonía móvil.

Fernández Seijo ha trasladado a los jueces europeos una serie de preguntas sobre el pleito planteado ante su juzgado entre la Asociación Profesional Élite Taxi y Uber. La misma vía siguió en 2011 cuando consultó al Tribunal europeo sobre la compatibiidad entre la normativa hipotecaria española y la directiva europea sobre protección del consumidor. Los magistrados europeos concluyeron que España estaba violando esa directiva (vigente desde 1993) y obligaron a rehacer gran parte de la legislación nacional sobre hipotecas.

Ahora, Fernández Seijo tal vez logre sentar las bases para una regulación de Uber en todo el continente.

Reacción de BlaBlacar, SocialCar y Cabify

Las plataformas de movilidad colaborativa Cabify, SocialCar y BlaBlaCar han defendido hoy la plena legalidad de su actividad y han marcado distancias con Uber. El director general de BlaBlaCar en España y Portugal, Jaime Rodríguez, ha destacado que existe “una diferencia muy clara” entre la actividad de Uber y la de su plataforma, ya que la empresa estadounidense “no ofrece un servicio de coche compartido porque no comparte gastos”, informa Efe.

De igual forma, la fundadora y consejera delegada de SocialCar, Mar Alarcón, ha asegurado que esta plataforma, creada en 2011 y pionera en ofrecer el servicio de alquiler de coches entre particulares en España, opera “con total garantía”, adaptándose a la regulación existente en cada territorio.

Alarcón ha comentado, en cualquier caso, que “la regulación nunca puede ir al ritmo de la innovación, porque si no, no sería innovación”, y ha apostado por ir adaptando la regulación existente a los nuevos servicios que demanda la sociedad. “Si la gente lo utiliza es por algo y la regulación no tiene otra que adaptarse”, ha declarado.

Por su parte, Cabify ha emitido un comunicado en el que asegura que el dictamen de hoy no afecta a su compañía y defiende que desde sus innicios en 2011 opera “de forma 100% legal”, ya que todos sus conductores cuentan con licencia VTC para el transporte de viajeros. La empresa resalta que ha estado trabajando de mano del regulador y las autoridades competentes para adaptar su servicio a la legislación vigente y garantizar un marco de competencia justo para todos los actores.

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