Productos de ahorro e inversión con mayores ventajas fiscales
Los fondos de inversión permiten el traspaso sin tributar La fiscalidad del ahorro va del 19% al 23%
La tributación de los productos de ahorro e inversión es uno de los aspectos a tener en cuenta antes de que el inversor/ahorrador decida meter su dinero en ellos sobre todo en el largo plazo. Con independencia de l a antigüedad, los primeros 6.000 euros de ganancia tributarán al 19%. Entre 6.000 y 50.000 euros tributarán al 21% y por encima de los 50.000 euros al 23%.
La aplicación de esta retención es igual para los fondos de inversión, los unit linked o la inversión directa en renta fija o Bolsa pero difiere en otros aspectos, según explica Lina Guerra, directora de planificación patrimonial y fiscal de Tressis.
En cuánto a la imputación temporal de las rentas hay diferencias en los tres casos. En lo referente a los fondos de inversión “siempre que se cumplan una serie de requisitos, si el cliente reembolsa un fondo y reinvierte en otro (traspaso), no tiene impacto fiscal. Solo se genera ganancia o pérdida patrimonial (y retención, si procede) en el momento del reembolso final. En lo referente al unit linked, en el caso de que la póliza cumpla con los requisitos del artículo 14 de la ley LIRPF, el cliente solo deberá integrar en su IRPF la revalorización de la póliza en el momento del rescate.
Existe, por tanto diferimiento fiscal. Y en lo referente a la fiscalidad de la inversión directa en renta fija y renta variable, en ningun caso existirá diferimiento fiscal. El cliente deberá tributar cada vez que transmita una acción o un bono o cobre un cupón.
Tressis explica que en caso de ser una persona jurídica, las rentas que perciba la sociedad como consecuencia del reembolso del fondo de la revalorización de los activos tributarán al tipo general del Impuesto de sociedades, es decir el 25%. Este es el mismo tratamiento fiscal para las unit linked y la inversión en directo de la renta variable y fija.
En el caso del impuesto de sucesiones y donaciones, Tressis insiste que los herederos deberán integrar, a fecha de fallecimiento del causante, el valor liquidativo de los fondos de inversión en su declaración del Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Los herededores deberá esperar a la realización de la participación y adjudicación de la herencia para reembolsar los fondos de inversión.
En el caso de los unit linked, los beneficios deberán integrar, a fecha del fallecimiento del causante, el valor liquidativo de la póliza en su declaración de impuesto sobre sucesiones y donaciones. El seguro no se integra en la masa hereditaria del causante. Por tanto, los beneficiarios no tendrán que esperar a la partición de la herencia para efectuar su cobro.
Por último, en caso de inversión directa en Bolsa o renta fija, los herederos deberán integrar el valor liquidativo de los activos en su declaración de impuesto sobre sucesiones. Al igual que en los fondos, deberán esperar la adjudiciación de la herencia para trasmitir dichos activos.