_
_
_
_

Estos son los primeros pasos a dar por una pyme que quiera exportar

Para empezar a exportar hay que presentar ante las autoridades aduaneras el Documento Único Administrativo (DUA) con toda la información de la mercancía

La exportación se ha convertido en una de las actividades clave para el éxito y crecimiento de muchas pymes españolas. Pero antes de empezar a exportar hay que cumplir con una serie de trámites burocráticos que detallamos a continuación.

Según informan desde BBVA, a través del portal bbvacontuempresa.es, lo primero que hay que hacer es presentar ante las autoridades aduaneras el Documento Único Administrativo (DUA), que sirve como base para la declaración tributaria, así como soporte para el suministro de información, ya sea con fines estadísticos, de liquidación o de control.

Para cumplir con las formalidades aduaneras, la mercancía a exportar debe ir acompañada del DUA en el caso de intercambios comerciales entre países miembros de la Unión Europea y países terceros, incluidos los cuatro miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC).

El DUA debe cumplimentarse de forma detallada y rigurosa, especialmente, en lo relativo al valor y tipo de la mercancía a exportar, incluyendo el peso, origen y destino de la transacción. Se puede cumplimentar por vía telemática si se dispone de un certificado digital y el interesado podrá conocer en todo momento la situación de la declaración aduanera. Finalmente, un agente de aduanas emitirá el documento en nombre y representación del exportador.

El DUA consta de 9 ejemplares numerados del 1 al 9. Ocho de ellos son de uso común en la UE y el noveno es un suplemento nacional autorizado por la reglamentación comunitaria. Para las exportaciones hay que presentar cinco de los nueve ejemplares. El 1 para la Aduana de Exportación, el 2 para la elaboración de estadísticas de comercio exterior y el 3 para la empresa, que podrá utilizarlo como justificante de la exportación a efectos de IVA e Impuestos Especiales, cuando así lo establezcan las disposiciones correspondientes.

Dependiendo del país al que se exporta, será necesario presentar el ejemplar número 4, que permite justificar el carácter comunitario de las mercancías ante la aduana de destino. Por último, se incluirá el documento número 9, que sirve como autorización de embarque y salida o levante de la mercancía.

Más información

Archivado En

_
_