El Gobierno pacta con Bruselas una que las comercializadoras paguen el bono de la luz
Las eléctricas reconocen que no podrán recurrir la nueva financiación
La decisión del Ministerio de Energía de que sean solo las comercializadoras eléctricas las que financien el bono social de la tarifa es el resultado de las negociaciones de este ministerio con la Comisión Europea a raíz del procedimiento de infracción (expediente 2014/2186) abierto contra España hace un par de años sobre la financiación del bono social. Bruselas investiga desde hace años si los países de la UE han traspuesto correctamente la directiva sobre mercado interior de la energía de 2009.
Según fuentes conocedoras del proceso, esta es la razón por la cual el nuevo ministro de Energía, Álvaro Nadal, ha lanzado con tanta seguridad una propuesta de financiación que podría resultar arbitraria y que PSOE y Podemos rechazan de entrada por considerar que podría ser tumbada por tercera vez por el Supremo. La medida está incluida en un real decreto ley de reforma de la Ley Eléctrica que el Gobierno quiere convalidar en el Congreso, para lo cual necesita la aquiescencia, al menos, del Grupo Socialista.
En octubre, el Alto Tribunal tumbó la obligación de que sean los grupos verticalmente integrados (los que desarrollan a la vez las actividades de distribución, comercialización y generación) los que sufraguen el citado bono, que se traduce en un descuento en la tarifa del 25% para varios colectivos y tiene un coste de casi 200 millones anuales. Precisamente, en la ssentencias de los distintos recursos presentados por Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa y Eon, el Supremo hace referencia a aquel expediente y hace suyos los argumentos de la Comisión Europea.
Aunque ninguna de las dos instituciones cuestiona el bono social, por tener la consideración de “obligación de servicio público (..) referida a la seguridad de suministro”, ni siquiera que las eléctricas deban pagarlo, sí coinciden en que el mecanismo de financiación “infringe” el artículo 3.2 de la citada directiva. Este exige que no haya discriminación entre empresas y que el mecanismo sea transparente y controlable. La discriminación resultó evidente para la Comisión (y para el Supremo) porque se imponía la obligación de sufragar el bono a distribuidoras, comercialziadoras y generadoras, pero solo a las integradas en un grupo y no al resto.
Aunque la oposición considera que la propuesta para una solución rápida al vacío en la financiación del bono es endeble jurídicamente y prefieren para evitar sorpresas que lo paguen la totalidad de las empresas del sector, todo apunta a que el modelo propuesto subsana las deficiencias del anterior. Ya no sería discriminatorio, pues recaería en todas las comercializadoras sin excepción (más de 200); es transparente, pues se paga en función del número de clientes y se puede controlar.
En este sentido, el Supremo deja claro en su sentencia que el bono lo puede pagar todo el sector o una parte del mismo, siempre que se cumplan los requisitos de la directiva. El tribunal reconoce la potestad del Gobierno de optar porque sea el sector el que se haga cargo de dicha prestación “o, incluso una parte de dicho sector”. Pero “este último inciso -añade- no puede sacarse de contexto ni invocarse como un aval para soluciones discriminatorias”.
Una prueba de que la nueva propuesta podría prosperar es que hasta las propias eléctricas afectadas reconocen en privado que ya no será recurrible. Eso sí, Unesa pide que se incluya también en la lista a los grandes consumidores que compran directamente la energía en el mercado y que no sean las matrices de las comercializadoras (así lo señala el RDL), sino estas individualmente, las que paguen, pues la matriz no puede trasladar dicho coste al precio del mercado.
Teniendo en cuenta que por su cuota de mercado las cinco grandes eléctricas seguirían pagando más del 90% (en el sistema anulado le correspondía el 97%), es probable que los partidos de la oposición acepten convalidar el real decreto en ciernes, pues su propuesta de que pagase todo el sector responde más al peligro de un nuevo revés judicial.
¿Quién pagará la indemnización a las eléctricas?
Desde octubre el Tribunal Supremo ha publicado una cascada de sentencias dando la razón a las eléctricas en sus recursos contra la obligación de pagar el bono social. En ellas impone que se devuelva a las compañías las aportaciones por este concepto que han hecho desde 2013, según ellas, unos 500 millones. Por el momento, el Ministerio de Energía ha presentado un recurso de amparo ante el Supremo como paso previo a acudir al Constitucional.
Fuentes del sector consideran que “jurídicamente, este recurso no tiene ni pies ni cabezas”, pero teniendo en cuenta que “el Constitucional es más político, las empresas no las tienen todas consigo”. En general, estas son prudentes, aunque alguna, como Gas Natural, se ha anotado ya esta deuda en su balance.
Si no gana en el Constitucional, el Gobierno debe optar por endosar esa cantidad, que debe concretar el Ministerio de Energía, a los Presupuestos o al sistema eléctrico, con lo cual, lo pagarían los consumidores en la factura de la luz. Es muy improbable que Hacienda acepte la primera opción, lo que requeriría aprobar un crédito extraordinario, según las mismas fuentes, por lo que los usuarios pagarían de nuevo el pato (en 2012 el Supremo tumbó también la financiación del bono). En este punto, los expertos recuerdan que, desde la reforma de la Ley Eléctrica en diciembre de 2013, el bono ya no es un “coste liquidable del sistema” por lo que se debería pagar en el recibo eléctrico. Sin embargo, al haber sido anulado el mecanismo de financiación (incluido en el artículo 45) “cobra vigencia la norma previa a dicha anulación”, subrayan.
De momento, el ministerio no ha incluido ninguna partida en los peajes que entran en vigor el 1 de enero.