Linde endurecerá la regulación contable para La Caixa y BBK
Deberán dar más información sobre su fondo de reserva y sus inversiones
Superada la ronda de presentación de resultados del segundo semestre del año y los test de estrés de la banca europea, el sector financiero español abordó agosto con relativa tranquilidad frente a los sobresaltos de otros ejercicios.
El Banco de España, sin embargo, tenía reservado aún trabajo para los técnicos de las antiguas cajas de ahorro. El día uno del mes remitió a las patronales bancarias un borrador de la nueva normativa contable que regirá a partir de ahora las cuentas de las fundaciones bancarias. Un modelo que será especialmente exigente con algunas entidades como La Caixa o BBK.
El documento llega después de que el Banco de España ya se dedicara a estipular la rigurosa normativa contable que debe regir a la sociedad de gestión de activos procedentes de la reestructuración bancaria (Sareb), que ha terminado condenando a nuevas provisiones y pérdidas al banco malo, y una vez que se han ido desarrollando los puntos más controvertidos de la Ley de Cajas.
Esta normativa, impulsada por Bruselas como parte de las condiciones que acompañaron al rescate a la banca española, ha supuesto en la práctica el fin del antiguo modelo de cajas de ahorro, del que apenas sobrevivirán dos puras: Ontinyent y Pollença. El resto quedaron transformadas en las nuevas fundaciones bancarias de las que se segrega el negocio bancario. A partir de ahí, ya se venía penalizando a las fundaciones que mantenían una participación de control en sus entidades financieras.
En concreto, a aquellas fundaciones con más del 30% de participación en el negocio bancario se les impuso la creación de un protocolo de gestión de su participada y de un plan financiero anual supervisado el Banco de España.
A las fundaciones que mantengan un participación igual o superior al 50% del banco, o un porcentaje inferior que les de el control efectivo de la entidad, se les exigió además reforzar el plan financiero, incorporar un programa de diversificación de inversiones y alimentar un fondo de reserva para hacer frente a las posibles necesidades de recursos propios del banco participado.
La nueva circular que ultima el organismo gobernado por Luis María Linde regulará ahora las exigencias contables para este tipo de fundaciones. El texto afecta fundamentalmente a La Caixa, que debe dotar un fondo de 850 millones de euros por poseer más de la mitad de CaixaBank –porcentaje que busca reducir–, a BBK, obligada a tener un fondo de 253 millones por mantener el control de Kutxabank, y a las fundaciones de Unicaja e Ibercaja, aunque estas prevén sacar a Bolsa sus bancos para reducir su participación y las exigencias a las que están sujetas.
El texto de la circular establece que para presentar las cuentas anuales las fundaciones no podrán utilizar modelos abreviados y deberán recoger los datos de sus participadas. Más allá, cada una deberá detallar las partidas de los fondos propios que componen su fondo de reserva y los activos en los que se materializa.
También deberán ofrecer información pormenorizada sobre las relaciones existentes entre el patronato de la fundación y los órganos de gobierno de la entidad o la naturaleza de sus operaciones conjuntas. Además, cada fundación deberá remitir al supervisor financiero su balance individual reservado y su cuenta de resultados individual reservada.
Pero más allá, y aquí radica una de las principales novedades del texto, las entidades que mantengan el control de sus bancos –al menos Caixa y BBK– deberán entregar también el desglose de toda la inversión en activos financieros incluyendo el detalle de sus contrapartidas y de la subactividad empresarial (CNAE) a la que corresponde cada una.
La nueva circular contable tiene carácter provisional, ya que el texto se mantiene en periodo de consultas hasta el próximo 5 de septiembre, plazo en el que el que las entidades financieras podrán presentar sus alegaciones. Una vez analizadas por el supervisor financiero, el texto definitivo entrará en vigor un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).