La lacra nunca resuelta de la morosidad
La morosidad empresarial y administrativa se convirtió con la irrupción de la crisis en uno de los problemas más graves de la economía, pues bloqueó la liquidez de tal manera, en un momento en el que la banca no estaba nada sobrada, que forzó el cierre de miles de pequeñas empresas y negocios de autónomos. El Gobierno de Rajoy puso en marcha en ambicioso plan de pago a proveedores para que las administraciones públicas deshicieran el nudo y diesen aire a los proveedores y subcontratas, y de paso, se resolviese el creciente atolladero del endeudamiento de ayuntamientos, comunidades, universidades u hospitales. El plan de pago a proveedores y el Fondo de Liquidez Autonómica fueron los instrumentos utilizados, con relativo éxito en la administración pública, que redujo el periodo medio de pago (o de mora) desde los 162 días en el que estaba en 2011 a los 75 del año pasado, pero que sigue lejos aún de los 30 días que establece la legislación.
El mecanismo no tuvo el mismo resultado en el sector privado, donde de los 98 días a los que de media liquidaban sus pagos las empresas en 2010, se ha pasado a hacerlo únicamente a 85 días de media, muy lejos también de los 60 días que marca la legislación. Y los plazos son aún más dilatados en las grandes empresas, que han acortado los cobros, pero no han hecho lo mismo con los pagos. Si no se ha producido un movimiento más riguroso en la contracción de los plazos cuando ya no existe problema alguno de liquidez tras la normalización de la actividad bancaria y la recuperación de la economía, es porque no existe mecanismo punitivo que acompañe a la norma que fija los plazos. No estaría demás un tabulado de sanciones para quien no se ciña a unos plazos que tanto para el sector público como el privado se antojan relajados.
Las únicas iniciativas sancionadoras han partido hasta ahora de los grandes ayuntamientos, fundamentalmente en Barcelona y Madrid. El consistorio de la ciudad condal estableció ya en 2013 la posibilidad de revisar y cancelar toda concesión a las empresas con las que contratase si no abonaban sus facturas a proveedores y subcontratas en el plazo de 30 días. El ejemplo ha sido replicado en Madrid, que ha puesto en marcha elevadas penalizaciones a las empresas que contraten servicios municipales y no paguen a sus subcontratas. La multa puede llegar al 50% de la deuda que la empresa titular tenga con la subcontrata.
En el pasado, con tipos de interés nominales generosos, las grandes empresas utilizaban el dinero en caja como fuente de ingresos y prolongaban artificiosamente los plazos de pago; pero carece de sentido económico hacerlo con los tipos en el cero. En todo caso, para el correcto funcionamiento de los negocios, la liquidez tiene que acortar lo máximo posible los tiempos, para evitar estrangulamiento de empresas cuya supervivencia depende de cobrar a tiempo.
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