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Nuevas ayudas a autónomos y pymes para adquirir vehículos

No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

La Comunidad de Madrid ha puesto en marcha un paquete de ayudas a pymes y autónomos destinadas a la adquisición de vehículos comerciales ligeros eficientes, auxiliares y de servicios.

Podrán beneficiarse de esta medida las personas físicas que sean profesionales autónomos y que estén dados de alta en el Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) y en el Impuesto de Actividades Económicas. A su vez, también podrán acceder a las mismas las pymes que desarrollen oficialmente su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Por el contrario, no podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Así, el beneficiario suscribirá, junto con la solicitud de ayuda, declaración responsable al respecto.

De igual modo, los interesados deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Los requisitos deberán mantenerse al menos desde la solicitud de la ayuda hasta la concesión de la misma.

Podrán solicitar la subvención todos aquellos posibles beneficiarios que hayan adquirido o tengan intención de adquirir un vehículo de las características exigidas a partir del 17 de noviembre de 2015.

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