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Industria farmacéutica

Sandoz, condenada por publicidad parasitaria

El juez sanciona a la empresa farmacéutica por publicidad adhesiva y desleal al usar los nombres de dos medicamentos de MSD en el lanzamiento de los genéricos

Alfonso Simón Ruiz

La farmacéutica estadounidense Merck Sharp & Dohme (MSD) anunció ayer que ha ganado un litigio en el que se deslegitima el uso de la marca del medicamento original en el lanzamiento publicitario de genéricos. La empresa condenada ha sido el fabricante Sandoz (del grupo Novartis), según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario.

La sentencia del Juzgado de Marca de la Unión Europea n0 1 de Alicante, fechada en junio, considera ilícito el uso de las marcas Singulair (contra el asma) y Nasonex (reacciones alérgicas), pertenecientes al laboratorio MSD, utilizadas por Sandoz para el lanzamiento publicitario de sus genéricos que llegaban para competir con los fármacos de la multinacional estadounidense.

El conflicto surgió por la publicidad de Sandoz (y otras tres compañías que no han sido demandadas) al usar el nombre de Singulair y Nasonex en los anuncios de sus nuevos genéricos. Por eso, en 2014, MSD decidió acudir a la Justicia. El juez condena a Sandoz por un “acto de violación” de las marcas comunitarias (en la UE) y españolas, según se recoge en la sentencia. Por ello, deberá resarcir con 45.918 euros a MSD.

La Justicia ha considerado que se trata de competencia desleal, por publicidad “adhesiva” (parasitaria), lo que significa que el anunciante intenta equiparar su oferta a la del competidor, para aprovechar su prestigio. “Por ello, en la sentencia se refleja que la publicidad de la compañía de genéricos lo que busca es provocar la evocación –que no confusión– y creación de un vínculo con la marca notoria del original, en la mente del destinatario de la publicidad, tratando de lograr la transferencia de los atributos de la marca infringida a los genéricos publicitados”, se recoge en el comunicado de MSD.

El juez concluye que no es necesario para el lanzamiento de los genéricos usar las marcas de los medicamentos de referencia, ya que los profesionales sanitarios y los sistemas informáticos de gestión farmacéutica identifican perfectamente los fármacos por su principio activo.

“Espero que esta sentencia sirva como ejemplo para que el rigor de las resoluciones vaya progresivamente confirmando esta tendencia de la protección de las marcas originales en España y reforzando, con ello, la protección jurídica del esfuerzo, y los recursos que la industria destina a la innovación”, señala Irene Andrés, directora del departamento legal de MSD.

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Sobre la firma

Alfonso Simón Ruiz
Graduado en Economía y máster de Periodismo UAM / EL País. En Cinco Días desde 2007. Redactor especializado en información empresarial, especialmente sobre el mercado inmobiliario, operaciones urbanísticas y, también, sobre la industria farmacéutica y compañías sanitarias.

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