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Pagos

El reto de aplicar la factura electrónica en las empresas

El uso de factura electrónica y su registro en FACe reduciría la morosidad, afirman los expertos El 47,81% de estas facturas corresponden a la Administración Local

Facturas electrónicas

La impuntualidad en los pagos se ha convertido en un indicador de referencia para saber qué está sucediendo en la economía. La crisis económica elevó la morosidad hasta niveles inéditos, especialmente en el sector público. Para atajar la lacra del retraso en los pagos, el Gobierno de Mariano Rajoy estableció a partir de enero de 2015 el derecho de cualquier proveedor con la Administración Pública a presentar facturas electrónicas. De hecho, esta vía es obligatoria en el caso de recibos superiores a 5.000 euros. Las ventajas de su implantación en el sector público han aumentado las voces que reclaman que se aplique un sistema similar en el sector privado.

La presentación de facturas se articula sobre todo a través de FACe, o Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado. Ello permite al proveedor de bienes y servicios presentar su factura y seguir su proceso de tramitación, lo que incrementa la transparencia. Fuentes de Hacienda aseguran, además, que ahora ya no es posible esconder facturas en los cajones.

Al portal FACe de la Administración del Estado, se han sumado todas las comunidades autónomas, con la única excepción del País Vasco, que mantiene su propio punto de entrada de facturas. Es por ello por lo que las facturas electrónicas presentadas a la administración vasca no están contabilizadas en FACe como las demás. También se han adherido al sistema 7.902 entidades locales, cuyo número sigue aumentando.

Aun así, la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) considera que todavía hay mucho camino por recorrer. “Es importante recordar a los empresarios que acogerse a esta opción es un derecho, no una obligación. La recomendación de la PMcM es 100% factura electrónica” señala el presidente de la organización, Antoni Cañete. En su opinión, el sistema de facturación electrónica y sobre todo su registro contable debería fomentarse también en el sector privado, ya que reduciría la morosidad. Aunque señala que, para que ello tuviera éxito, se deberían aplicar de forma “severa” los períodos de pago que contempla la normativa.

Cañete recomienda poner en marcha una suerte de prueba piloto. Así, “en una primera fase, las empresas del Ibex 35 estarían obligadas a recibir las facturas en formato electrónico a través de FACe y, seguidamente, lo harían el resto de las compañías”. Además, sugiere poner en marcha el Observatorio de la Morosidad, con funciones de control y análisis que faciliten la reducción de los tiempos de demora.

Según cifras del Ministerio de Hacienda, actualizadas a 30 de junio de este año, el cambio de funcionamiento en el sector público ya está obteniendo resultados positivos, con 9.750.595 facturas presentadas desde enero de 2015 a través de FACe a las Administraciones Públicas.

Según los cálculos del Gobierno, el ahorro por cada factura digital es de 3,48 euros, de los cuales 2,78 euros corresponden a la administración receptora y los restantes 70 céntimos al emisor.

De las facturas presentadas, un 47,81% corresponde a la Administración local, y un 40,05% a la Administración autonómica, mientras que el resto fueron recibidas por la Administración General del Estado y las Universidades.

El importe total de esos recibos asciende a un total de 49.567 millones de euros, de cuya cantidad el 39% se presentó a nivel autonómico, el 33,8% a entidades locales y el 24,8% a la Administración General del Estado.

De las 3.905.511 facturas electrónicas presentadas a las 16 comunidades autónomas adheridas –exceptuando el País Vasco–, además de a las dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla), un tercio fueron remitidas en Madrid, seguida de Andalucía y Murcia. Además, a las casi 8.000 entidades locales que se han convertido al formato electrónico, los distribuidores han presentado 4.661.729 facturas electrónicas. Este sistema de facturación digital está permitiendo al Gobierno seguir de cerca los plazos de pago de cada Administración Pública, además de tomar medidas para reducir la morosidad.

La Ley de Estabilidad aprobada en 2012 contempla la posibilidad de aplicar medidas correctoras y correctivas contra las administraciones que incumplan los períodos de pago. Así sucedió el pasado abril, cuando el Ministerio de Hacienda ordenó que se retuvieran fondos del sistema de financiación a Aragón y Extremadura.

Esta medida se debe a que estas dos comunidades llevaban más de un año registrando períodos medios de pago superiores a los 60 días, duplicando así el límite que contempla la legislación, de 30 días. El Gobierno también lanzó advertencias a Baleares, Cataluña y Madrid. El pasado 13 de junio amonestó a la Comunidad Valenciana, otras de las regiones que abona con más retraso su deuda comercial.

Continúa el litigio de los intereses de demora

El litigio de los intereses de demora se encuentra pendiente de fallo ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En 2012, el Estado propuso a los proveedores con deuda comercial pendiente de cobro un plan de pago a cambio de que renunciaran a los intereses de demora. De esta forma, entre 2012 y 2014 ,el Gobierno abonó a las empresas facturas pendientes de ayuntamientos y comunidades por más de 41.800 millones. Algunas de ellas, figuraban en pesetas. La abogada general del TJUE, Eleanor Sharpston, se pronunció en mayo al respecto y consideró legítimo el plan de pago propuesto por el Estado. Argumentó que el sistema ideado por el Gobierno era voluntario. Así, el proveedor podía acceder al pago “acelerado” de la deuda, siempre y cuando renunciase a los intereses de demora –que podían llegar a alcanzar el 8%– y a la compensación por los costes de cobro. Aunque también tenía la posibilidad de conservar el derecho a cobrar los intereses, aunque a costa de esperar bastante más para cobrar. El presidente de la PMcM, Antoni Cañete, considera “abusiva” la situación y confía en que el Tribunal de Justicia reflexione sobre la naturaleza “voluntaria” de la renuncia a los intereses de demora. Cañete también critica “que los ciudadanos y empresas tengan que pagar intereses cuando liquidan sus impuestos fuera de plazo, y que no ocurra lo mismo con las Administraciones Públicas”. Y concluye: “Lo justo sería que éstas pagaran de oficio los intereses de demora”. Las conclusiones del abogado general de la TJUE aliviaron al Gobierno español, que se enfrenta al pago de unos 3.000 millones de euros a más de 230.000 proveedores por los intereses de demora devengados desde que se puso en marcha el plan de pago a proveedores en 2012.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea suele tener en cuenta las conclusiones de la abogada general en un 80% de los casos. Sin embargo, habrá que esperar al fallo del Tribunal para conocer el dictamen definitivo sobre el conflicto de los intereses.

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