La CNMC multa al sector del turrón por repartirse el mercado
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto multas por valor de 6,12 millones de euros a seis empresas fabricantes de turrones: Almendra y Miel S.A, Delaviuda Alimentación, Enrique Garrigós Monerris, Sanchís Mira, S.A. Turrones José Garrigós y Turrones Picó, S.A.
Según ha detallado en un comunicado, la CNMC considera que entre abril de 2011 y noviembre de 2013 estas empresas intercambiaron información estratégica sobre precios, clientes y otros datos relativos al mercado de suministro de turrones, en particular de marca blanca o de distribuidor. Los citados fabricantes concentran el 58% del mercado español del turrón.
La CNMC sanciona a Almendra y Miel con 271.893 euros; a Delaviuda Alimentación, con 2.287.745 euros; a Enrique Garrigós Monerris, con 127.415 euros; a Sanchís Mira, con 2.937.193 euros; a Turrones José Garrigós, con 250.055 euros y a Turrones Picó, con 249.289 euros.
La Comisión ha apuntado que con esta práctica, “los fabricantes buscaron repartirse el mercado de las principales empresas distribuidoras de turrones de marca blanca en España (Alcampo, Carrefour, Mercadona, Día, El Corte Inglés) y garantizarse sus cuotas de mercado”.
Los intercambios de información estratégica se hicieron con el conocimiento de altos directivos y responsables de distintas áreas de negocio de los fabricantes, ha añadido.
Para ello, se concertaron reuniones presenciales, contactos bilaterales por teléfono e intercambiaron mensajes de correo electrónico y mensajería instantánea móvil.
La investigación de estos hechos se inició a raíz de una denuncia. En noviembre de 2013, la CNMC realizó inspecciones en las sedes de cinco de los fabricantes de turrón: Delaviuda Alimentación, S.A., Almendra y Miel, S.A., Sanchís Mira, S.A., Turrones Picó, S.A. y Enrique Garrigós Monerris, S.A. por posibles prácticas anticompetitivas.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Ha recordado que la persona o empresa que se considere afectada por las prácticas anticompetitivas descritas en esta resolución puede presentar una demanda de daños y perjuicios ante los tribunales civiles.