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Crisis en el regulador

Marín nombra al secretario general de la CNMC sin contar con el pleno

Martínez Meroño ejerce este cargo por adscripción previa Fue nombrado asesor del presidente en febrero

Sede de la CNMC en Madrid.
Sede de la CNMC en Madrid.
Carmen Monforte

El pasado mes de febrero, el secretario general de la CNMC, José Manuel Bernabé, presentaba su dimisión. Una decisión que vino a coincidir con el avivamiento de la guerra interna desatada en el organismo tras la publicación por parte del director de promoción de la competencia, Antonio Maudes, de sendos informes paralelos a los aprobados por la Sala de Regulación sobre los peajes energéticos.

Aunque su puesto lo ocupó inicialmente y de forma provisional el director de control interno, Carlos Balmisa, el presidente de la CNMC, José María Marín, tenía su propio candidato: Julio Martínez Meroño, ex alto cargo del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y asesor del gabinete de presidencia del propio Marín desde el pasado mes de febrero. Fuentes próximas al organismo aseguran que Martínez Meroño está ejerciendo como secretario general “en funciones o provisional” y que, en cualquier caso, tiene la delegación de la firma.

Según el estatuto orgánico de la comisión, el nombramiento y el cese del secretario general, al igual que el resto de directivos, debe ser aprobado por el pleno a propuesta del presidente. Para ello, es preciso abrir un procedimiento de concurrencia mediante la convocatoria de la plaza en el BOE (algo que en el caso de la secretaría general de la CNMC se hizo el 1 de marzo), aunque en el pasado se optó por las llamadas adscripciones previas, esto es, el nombramiento a dedo de los directivos que, tras presentarse a las citadas convocatorias, eran nombrados después por el pleno.

Tras las críticas recibidas en su día por el uso de este sistema, fuentes próximas al organismo aseguran que las adscripciones previas fueron descartadas por el pleno, que integran los 10 consejeros, entre ellos, el presidente y la vicepresidenta, María Fernández. En cualquier caso, tanto la adscripción previa (válida para los subdirectores y no válidas para los directores de instrucción, según un experto jurídico) como el nombramiento definitivo deben ser sometidos a votación, algo que no ha ocurrido en este caso, según las mismas fuentes.

Estas desvelan que Martínez Meroño se ha presentado, junto con un segundo y único opositor, al cargo de secretario general. Ex alto cargo socialista, fue secretario general de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia siendo titular del Ministerio de Justicia Mariano Fernández-Bermejo y previamente había ocupado el cargo de director general de Defensa.

Aunque su candidatura y nombramiento provisional se ha interpretado como un guiño al PSOE por parte de Marín, no faltan quienes rechazan este extremo. El asesor del presidente tiene nivel 30, por debajo del de un subdirector. Como la solicitud de candidatos ya ha terminado, es preciso elevar al pleno su nombramiento, que requerirá de la mayoría para salir adelante. Precisamente, José María Marín se ha enfrentado a la disidencia de seis consejeros, que elevaron al pleno la pérdida de confianza del mismo al director de promoción de la competencia y han amenazado con recurrir a la Abogacía del Estado. El presidente de la CNMC, que pidió infructuosamente su apoyo a los directores de instrucción, se enrocó al negarse a debatir el asunto.

Multas a dos comercializadoras eléctricas

La CNMCha sancionado a dos comercializadoras eléctricas por incumplir su obligación de comprar la energía necesaria para realizar sus actividades de suministro a sus clientes. Se trata de Comercial Eólica Suministro de Energía, que ha sido multada con 680.000 euros y a Electro Soporte Comercial y Gestión, con 1,3 millones.

En ambos casos, el operador del sistema, REE, denunció ante el regulador el incumplimiento de la obligación de adquirir la energía necesaria para el suministro. Tras la instrucción de los expedientes, la CNMC considera acreditado que, entre julio de 2014 y marzo de 2015, la primera adquirió en el mercado solo un 10% de la energía que vendió a sus clientes. En el caso de Electro Soporte Comercial y Gestión, compró ese mismo porcentaje sobre un volumen mayor, entre junio de 2014 y marzo de 2015.

En consecuencia, señala la CNMC, ambas empresas son responsables de cometer una infracción grave, según el artículo 65.28 de la ley eléctrica. Esta norma impone a las empresas comercializadoras la obligación de presentar al mercado las correspondientes ofertas de compra de energía. Además de pagar las citadas multas, Comercial Eólica, está obligada a hacer efectivo el pago de 5,5 millones de euros, conforme al valor que tienen sus impagos a fecha de 30 de noviembre de 2015. Por su parte, Soporte Comercial y Gestión debe desembolsar por este mismo concepto 11,3 millones.

Además, ambas empresas quedan inhabilitadas para el desarrollo de la actividad de comercialización durante un año. Estas resoluciones de la CNMCpueden ser recurridas ante la Audiencia Nacional.

Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

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