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Fraude tributario

PwC pagará la multa por el delito fiscal de su excúpula

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia ratificando la conformidad que los acusados (antiguos Altos directivos de PricewaterhouseCoopers España) prestaron con el escrito de las acusaciones, Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada y la Abogacía del Estado en representación de la Agencia Estatal Tributaria

Según una nota de prensa de la Fiscalía Anticorrupción, "la sentencia procede a la condena del Presidente de la entidad PricewaterhouseCoopers  del Presidente del Comité Ejecutivo de PwC y Responsable de Operaciones para España, del Responsable de los Servicios Fiscales de Landwell y de un socio de la División Jurídico y Fiscal, en la fecha de comisión de los hechos, años 2002 y 2003.

Se condena por seis delitos contra la Hacienda Pública en relación a los siguientes tributos:

Impuesto de Sociedades de PwC.; omisión de las retenciones de IRPF de las sociedades PwC JURÍDICO Y FISCAL, PWC ASESORES DE NEGOCIOS.PWC AUDITORES S.L. y la antigua PWC CONSULTING S.L.; y un delito contra la Hacienda Pública en relación al IRPF del ex Presidente de la entidad.

Las cuotas defraudadas ascienden a 17,1 millones, más los intereses que superan los 11 millones de euros y multas cercanas a los nueve millones de euros. Dichas cantidades han sido

satisfechas por la entidad, extremo que ha sido determinante para alcanzar el Acuerdo de

conformidad.

Según la nota de prensa, "la sentencia sanciona la utilización de las escisiones-venta con finalidad defraudatoria. Estas actuaciones constituyen un fraude a la Hacienda Pública basado en el abuso de formas jurídicas y en la utilización de negocios simulados y otras categorías de negocios

anómalos"

Es la primera condena en  Europa y en España de este tipo de fraude fiscal, asociado a la utilización abusiva del Régimen especial de Fusiones y Escisiones, aportaciones de activos y canjes de valores y derivada de la aplicación de la cláusula antiabuso contenida en la regulación del mismo.

Se trata del expresidente de la firma Miguel Fernánez de Pinedo, de 72 años, y de los socios César Rodríguez (66 años), Miguel Cruz (68 años) y José María Tajadura (68 años).

La sentencia de conformidad, firmada por el juez central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José María Vázquel Honrubia, absuelve además de todos los cargos a 40 exsocios y a un socio imputado en el proceso.

La sentencia pone fin a un proceso que se inició hace ocho años y cuyo juicio se aplazó en abril de 2015, cuando el Ministerio Público retiró las acusaciones contra 12 exsocios y rebajó la cuota tributaria que reclamaba a otros 22.

Los cuatro exsocios, que dejaron de serlo hace más de ocho años, han sostenido durante todo este tiempo que la operación fue totalmente transparente y ajustada a Derecho y que tributaron correctamente por ella.

Creen también que, en el peor de los casos, este asunto nunca debería haberse llevado a juicio y debería haberse tramitado por la vía administrativa, ya que se trataba de una discrepancia técnica sobre la forma de tributar y todos los hechos imputados fueron comunicados a las autoridades tributarias sin que ninguna de ellas pusiera objeción alguna. Sin embargo, consideran que mantener abierto el proceso judicial durante más años es perjudicial para ellos y para la imagen de la firma de la que fueron socios.

El caso se remonta al año 2002, cuando PwC vendió su división de consultoría de sistemas en todo el mundo a IBM. En 2008, la Fiscalía Anticorrupción acusó a varios exsocios de la PwC España de haber realizado un proceso de reestructuración ficticio para acogerse a las ventajas fiscales contempladas en el Régimen Especial Fiscal del Impuesto sobre Sociedades para este tipo de operaciones.

La Fiscalía les acusó también de que una parte del importe de la venta, 21 millones de euros, que los socios habían recibido por adelantado, debería haberse declarado como rendimientos del trabajo y no como incremento de patrimonio. Finalmente, la sentencia reconoce que fueron rendimientos del trabajo irregulares.

Los exsocios de PwC afirmaron que la reestructuración fue una operación real, efectiva y transparente, que cumplió con todas las exigencias legales, y que fue comunicada a las autoridades fiscales sin que ninguna de ellas pusiera reparos. Esa estructura es la que está vigente actualmente. Los exsocios también afirmaron que letrados, expertos independientes y académicos del máximo prestigio respaldaron que la reestructuración se llevó a cabo de forma totalmente correcta.

En cuanto a la segunda acusación, los exsocios señalaron que el pago estaba vinculado a la segregación de la práctica de consultoría de sistemas y su posterior venta a IBM y, como tal, los importes recibidos por los exsocios se declararon y tributaron como incremento de patrimonio y no como rendimientos del trabajo, ya que no estaban relacionados con los servicios laborales prestados.

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