El TS permite otra querella contra Zapatero por indultar a Sáenz
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha declarado su falta de competencia para tramitar la querella que interpuesta el pasado año por el partido político Soberanir contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por un delito de cohecho presuntamente cometido al conceder el indulto a Alfredo Sáenz, exconsejero delegado del Banco Santander. La razón es que en el momento de decretarse el archivo de esta cuestión el pasado mes de octubre el exmandatario ya había dejado de ser aforado al no ser miembro del Consejo de Estado.
En dicho auto, de fecha 2 de octubre de 2015, el alto tribunal acordó el archivo de la querella por no ser los hechos denunciados constitutivos de delito. Tras comprobar posteriormente de forma oficial, a través de la página web del Consejo de Estado, que Rodríguez Zapatero actualmente no forma parte de aquél, la Sala concluye que el cambio de status del querellado durante la tramitación le impide conocer de la querella.
Por este motivo, estima el recurso de súplica presentado por el partido político Soberanía contra el auto ahora anulado y acuerda que, en su caso, formule la querella ante el órgano jurisdiccional competente para su conocimiento.
En la resolución ahora anulada, el Supremo declaraba por segunda vez que el indulto otorgado por el Gobierno socialista al que fuera consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Sáenz, no constituyó delito alguno y, por ello, desestimó la querella interpuesta por el partido político Soberanía de la Razón (Soberanir) contra el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero por un delito de cohecho.
En 2012 ya había archivado una querella similar que el mismo partido, impulsado por el abogado murciano José Luis Mazón, interpuso por los mismos hechos, que entonces calificó de constitutivos de prevaricación.
La decisión del Ejecutivo del PSOE, adoptada cuando ya se encontraba en funciones, eximió a Sáenz de una condena a tres meses de arresto e inhabilitación por denuncia falsa, según el auto dictado el pasado 28 de marzo.
Soberanir había denunciado la arbitrariedad de la medida de gracia concedida por un Gobierno que se encontraba en funciones. Sugería en su querella que Rodríguez Zapatero que quería “compensar al banco Santander por la refinanciación de cierta deuda y la condonación de 12 millones de euros” al PSOE, mientras que aludía al “crédito hipotecario concedido por esta entidad a Rodríguez Zapatero para la compra de un chalet”.
A este respecto el Supremo señaló en su auto de archivo que la vinculación directa entre la concesión del préstamo al partido político del querellado y la concesión del indulto, o entre la denunciada condonación de la deuda y la prerrogativa de gracia, “no parece factible por cuestión de fechas”.
También indica que el querellante no aportó ningún dato indicativo de que al expresidente del Gobierno se le haya condonado un préstamo personal. No obstante, ahora da la oportunidad a Soberanir de volver a presentar la querella ante un tribunal ordinario. h