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Opciones fiscales a elegir por pymes y autónomos antes de fin de año

Hay una serie de decisiones fiscales que pueden resultar muy beneficiosas para los empresario, y que deben tomarse antes del 31 de diciembre

impuestos

Antes de que finalice el año tanto pymes como autónomos tienen la posibilidad de escoger una serie de opciones fiscales para sacarle un mayor partido a su economía.

En primer lugar, y con respecto a la Renta, antes de que acabe el año el autónomo puede renunciar a la estimación directa simplificada o la estimación objetiva para 2016, a través del modelo 036/037. Además, se entenderá realizada la renuncia en el momento en que se presente en plazo la declaración-liquidación correspondiente al primer trimestre del ejercicio natural en que deba aplicarse, que en este caso corresponderá al 2016.

Cuando haya un inicio de actividad también se considerará realizada la renuncia cuando la primera declaración que deba afrontar el sujeto pasivo después de comenzar la actividad se haga en plazo, aplicando el régimen general, según aseguran desde la asesoría Cevi Consulting.

Decisiones fiscales respecto al IVA

Con respecto al impuesto del IVA también hay importantes decisiones para futuros periodos discales que deben tomarse de aquí a final de año.

- Renuncia o revocación de regímenes simplificado, ganadería, agricultura y pesca para el año 2016 y siguientes.

- Escoger o renuncian al sistema de criterio de caja para 2016.

- Elegir o revocar la aplicación prorrata especial en el modelo 036/037. En el caso del modelo 322 del IVA, existe la posibilidad de optar o revocar la opción por la aplicación de la prorrata especial. Se consiente además con efectos exclusivos para la autoliquidación mensual, modelo individual, referente al último periodo de liquidación del 2015.

- Selección o revocación por la determinación global de la base imponible en el régimen de las agencias de viajes para 2016 y años sucesivos (modelo 036).

- Renuncia al régimen de deducción común para sectores diferenciados en el periodo 2016.

- Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades con el modelo 039.

- Elección o revocación de la determinación de la base imponible a través del margen de beneficio global en el régimen especial de los objetos de arte, bienes usados, antigüedades y objetos de colección para a partir del próximo año 2016.

Otraos cambios u opciones a valorar

En el caso del IAE, aunque se trate de un impuesto que cuenta con una importante exención para las pymes, ya que solo están obligadas a su pago las compañías que cuenten con un importe neto de cifra de negocios por encima del millón de euros, las entidades que modifiquen su cifra de negocios en el último impuesto de sociedades presentado, tienen la obligación de avisar de este cambio antes del 31 de diciembre a la agencia tributaria.

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