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Solo se aceptarán muestras de cortesía o atención protocolaria

Carmena pone coto a los regalos para los funcionarios

La alcaldesa de Madrid, Manuel Carmena, durante su intervención en la primera cumbre mundial dedicada al turismo de compras, celebrada en octubre.
La alcaldesa de Madrid, Manuel Carmena, durante su intervención en la primera cumbre mundial dedicada al turismo de compras, celebrada en octubre.EFE

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid ha aprobado esta mañana un acuerdo por el que se regula el régimen de regalos que recibirán la alcadesa, los miembros de la Junta de Gobierno, los concejales con responsabilidades de gobierno, los concejales-presidentes de los distritos, los titulares de los órganos directivos y los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid, según ha anunciado el Ayuntamiento en un comunicado.

Se considera regalo "todo obsequio, ventaja, beneficio, favor o concepto equiparable, de cualquier naturaleza y denominación, que dichas personas reciban en consideración al cargo que desempeñen, ya sea para sí mismos o para su círculo personal o familiar", explican en la nota. Los cargos incluidos en la lista que especifica el acuerdo sólo podrán recibir de terceros las muestras de cortesía habitual o atención protocolaria, es decir, "regalos comprendidos dentro de los usos y costumbres sociales" que no podrán sobrepasar el importe de 50 euros. Además, el Ayuntamiento de Manuela Carmena fija en 150 euros el límite del valor de los regalos procedentes de una misma persona física o jurídica que pueden ser aceptados en el mismo año.

En el caso de recibir un obsequio que no reciba las características establecidas, éste será devuelto a quien lo haya ofrecido o, de no ser posible, será entregado a una entidad sin ánimo de lucro. Además, si se trata de bienes perecederos, y en número o volumen significativo, el Ayuntamiento explica que serán remitidos al Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo para que los entregue a la entidad más adecuada, según criterios de urgencia, necesidad o utilidad. En el caso de no ser perecederos, se incorporarán al patrimonio del Ayuntamiento de Madrid.

Cuando los obsequios recibidos no puedan ser devueltos o no se puedan incorporar al patrimonio del Ayuntamiento, serán declarados e inscritos en el Registro de Regalos, cuya gestión dependerá de la Gerencia de la Ciudad.

Los datos relativos a éstos se publicarán en el Portal de Gobierno Abierto del Ayuntamiento de Madrid y recogerán aspectos como: identidad y cargo de la persona que recibe el regalo; identidad de la persona física o jurídica que entrega el regalo; descripción, fotografía, valor estimado del regalo y fecha de la entrega.

 

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