_
_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Luz a las bonificaciones de personal investigador

Los datos hechos públicos por la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, el pasado 14 de abril, sugieren una recuperación en el sistema de la Seguridad Social y muestran un aumento de la recaudación de cerca de 1.003,6 millones de euros en los tres primeros meses de 2015 (lo que supone un crecimiento de un 3% con respecto al mismo periodo del año anterior). Asimismo, los incrementos de afiliación a la Seguridad Social parecen ser superiores al incremento del PIB, con más de 536.000 nuevos afiliados en el último año y un aumento interanual (según el Gobierno) del 4% de la afiliación al Régimen General.

Por otro lado, y si centramos nuestra atención en las bonificaciones por contratación de personal investigador, según el Ministerio de Economía y Competitividad, este incentivo fue solicitado en 2007 por 121 empresas (280 en 2009 y 639 en 2011). En 2012 fue derogado y reintroducido posteriormente mediante la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Gracias al incentivo, el Gobierno español prevé la creación de 500 puestos de investigadores en empresas durante los próximos tres años y una bonificación media por trabajador de 2.138 euros. El coste público sería de 20 millones de euros para las bonificaciones de 2013 y de otros 22 millones de euros para 2014. Se trata de un incentivo con un impacto menor sobre las arcas del Estado (en comparación con el resto de bonificaciones) y cuyo impacto en el tejido empresarial es muy elevado en términos de contratación de personal técnico con alto valor añadido y potenciación de la investigación, desarrollo e innovación tecnológica.

Si bien la Ley 17/2012 reintrodujo el incentivo para ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2013, el reglamento no se publicó en el BOE hasta junio de 2014, postergando su entrada en vigor a septiembre de 2014. Ello ha provocado la coexistencia de una aplicación del incentivo con efecto retroactivo (de 1 de enero de 2013 a 14 de septiembre de 2014) y la aplicación ordinaria del incentivo con posterioridad a esa fecha.

En la práctica, nos hemos encontrado ante una situación que el legislador no ha contemplado desde la perspectiva técnica y práctica y han sido diversos los problemas surgidos: entre otros, la obligatoriedad de haber ejercido el derecho entre los meses de septiembre y diciembre para poder solicitar el efecto retroactivo o las diversas interpretaciones sobre la solicitud de ingresos indebidos y la necesidad de identificación del personal como investigador adscrito en exclusiva, en el marco del ejercicio de dicho derecho.

En este sentido, el no ejercicio del derecho en el plazo fijado, según la interpretación de la propia Tesorería, parece que no impediría la obtención de las cuotas ingresadas en exceso, siempre que su devolución se hubiera instado con anterioridad al 30 de diciembre de 2014, constándose así la voluntad de la empresa de alcanzar el beneficio que la norma le otorga.

Esta es la conclusión que finalmente se ha hecho pública, como resultado de las diversas reuniones mantenidas entre la Dirección General de la Tesorería de la Seguridad Social y la Dirección General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y Ministerio de Economía y Competitividad, respectivamente. Finalmente, se han establecido los criterios interpretativos para la correcta aplicación de este incentivo.

Además, en la comunicación publicada en la web del Ministerio de Economía el pasado jueves día 21 de mayo, también se hace mención a la ampliación de plazos consensuada para aportar el informe motivado vinculante, obligatorio para la aplicación de bonificaciones de 10 o más investigadores a lo largo de 3 o más meses, hasta el próximo 31 de diciembre de 2015, y no el 30 de junio, como el Real Decreto preveía.

A pesar de la incertidumbre y la situación de inseguridad jurídica causadas por la interpretación de una legislación cuyo objetivo es incentivar la contratación de personal investigador, finalmente se ha conseguido el objetivo perseguido de aportar claridad y luz a dicha legislación. Sin perder de vista que esto se ha hecho desde la perspectiva de defensa de los intereses de la empresa, el contratador y el investigador.

Víctor Cruz es Director de Estrategia de Servicios de F. Iniciativas.

Archivado En

_
_