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Economía se carga de argumentos y hace reformas para seguir adelante con la norma

Guindos cambia el semáforo de riesgo en medio de las críticas de la banca

Economía reforma de nuevo el semáforo de riesgo ideado por la CNMV Recorta el número de colores y contrarresta las críticas de la banca También reduce su dureza

Economía reforma de nuevo el semáforo de riesgo ideado por la CNMV. Recorta el número de colores y contrarresta las críticas de bancos, brókeres, aseguradoras y gestoras de fondos de pensiones con una avalancha de argumentos. También reduce su dureza. El ministerio de Luis de Guindos ha enviado el texto al Consejo de Estado con el objetivo de firmarlo antes de las elecciones generales.

Economía recogió el guante de la CNMV a finales de mayo. El supervisor que preside Elvira Rodríguez, y que tiene como uno de sus cometidos velar por la correcta comercialización de productos financieros –aunque no de todos, pues los depósitos están en manos del Banco de España y los fondos de pensiones y los seguros, en las de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)–, diseñó una primera versión del semáforo de riesgo en septiembre de 2014.

El proyecto de circular se modificó después de ser sometido a consulta pública. La norma contaba en sus inicios con una escala de cinco colores y un estilismo muy similar al de la etiqueta europea de clasificación energética de los electrodomésticos. Los colores coincidían con letras de la A a la D. La CNMV tuvo en cuenta gran parte de las observaciones realizadas por la industria, como el aumento de las categorías de niveles de riesgo, que pasaban de cinco a siete.

Después pasaron los meses, y Elvira Rodríguez se quejó en el Congreso el 27 de mayo, ya que Economía aún no había enviado el texto al Consejo de Estado. El ministerio deLuis de Guindos respondió al día siguiente, al sacar a consulta su propia norma. Retiraba así el poder a la CNMV para asumirlo él mismo. Reformaba el semáforo y añadía otro escalón a la clasificación de riesgo.

La norma entró en un nuevo proceso de consulta. En ese momento ya no solo concernía a entidades financieras y brókeres. El proyecto ampliaba la obligación de utilizar el semáforo a los depósitos bancarios, a los seguros de ahorro y a los fondos de pensiones.

La segunda revisión por el sector arrojó más críticas. Las gestoras de fondos de pensiones, las aseguradoras, los brókeres y los bancos han aducido que Economía carece de competencias para elaborar esa norma, pues necesitaría una ley ordinaria que le habilitara a hacer una orden ministerial. El sector ha criticado también qué se tiene en cuenta para asignar los niveles de riesgo. Por ejemplo, los depósitos están en el verde más intenso, a pesar de que la garantía gubernamental se limita a 100.000 euros. Los fondos de pensiones, por su parte, se guiarán por criterios diferentes a los del indicador de riesgo de los de inversión, lo que no es lógico, según varias gestoras.

Pero la mayor reprobación que lanza el sector está en que esta norma se anticipa, a su juicio de forma innecesaria, al reglamento europeo que regula los datos fundamentales relativos a los productos de inversión minorista. El reglamento, aprobado en 2014, entrará en vigor a finales de 2016. “No tiene sentido que se apruebe este semáforo solo unos meses antes: ambas normas se solapan, son lo mismo al 90%”, señalan en un banco. Desde la Asociación Española de Banca (AEB) creen que no es razonable “asumir los costes [...] de una solución nacional que tendrá una vigencia de solo un año, además de cierta confusión que se puede transmitir al consumidor”.

El último borrador, que ya ha sido enviado al Consejo de Estado, ha experimentado una nueva metamorfosis (puede consultarse en CincoDías.com). Se reduce el número de colores a siete, se realiza un largo preámbulo para defender su licitud frente al reglamento europeo y defiende las competencias de Economía para hacer esta regulación. El objetivo es que la norma esté lista en esta legislatura.

El semáforo además se suaviza en lo que respecta a los derivados. Los brókeres no deberán mostrar el semáforo cada vez que se dé una orden de compraventa, como preveía la circular de la CNMV.

La legislación europea que entra en vigor en 2016

El reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo establece información fundamental para determinados instrumentos de inversión dirigidos a minoristas, conocidos como PRIIP (Package Retail Investment and Inssurance Products). Resulta aplicable a un grupo de productos de brókeres, seguros y bancos y obliga a la elaboración y entrega previa de un documento con la información fundamental estandarizada del producto. La inspiración está en el indicador de riesgo de los fondos de inversión del documento de datos fundamentales, obligatorio desde julio de 2011. Esta regulación entrará a más tardar a finales del próximo año y afecta a todos los productos del semáforo diseñado por el Ministerio de Economía, salvo a los fondos de pensiones. El preámbulo de la orden de Guindos defiende que la finalidad del reglamento comunitario “es la creación de un documento que presente la información esencial de forma muy resumida y permita comparar el producto de inversión en cuestión con otros de idénticas o similares características”. Es decir, viene a decir que en ningún caso será igual al semáforo del riesgo que se ha diseñado en España, extremadamente visual gracias al dibujo y los colores. La orden española, salvo un nuevo cambio, presupone la entrada en vigor del texto a los tres meses de su publicación en el BOE.

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