¿Puede un autónomo deducirse el IVA al comprarse un coche?
Por norma general la cantidad deducible es el 50%, aunque hay que seguir unos trámites. Existen casos en los que se puede llegar a deducir el 100% del IVA del vehículo
Los profesionales autónomos pueden deducir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o parte del mismo de numerosos productos y servicios relacionados con su actividad. ¿Incluye esto el correspondiente IVA que lleva adherida la compra de un coche? En parte sí, es lo que nos aclaran desde De Mesa Ortiz Consultores.
Lo primero que se ha de tener en cuenta, en este sentido, es el porcentaje de IVA deducible por compra de coches que permite llevar a cabo la legislación. Una cantidad ambigua, destacan desde esta consultoría. Sin embargo, sostienen que Hacienda acepta un IVA deducible del 50% sobre el impuesto pagado en la compra del coche. Para ello, ha de quedar claro que el uso del vehículo está relacionado directa y exclusivamente con el autónomo.
Para constatar esta relación, desde esta asesoría aconsejan rotular el coche con publicidad de la empresa, guardar la agenda de contactos y reuniones que justifique los desplazamientos comerciales y aceptar solo el 50% de la deducción a la hora de comprar el vehículo. Esta decisión evitará litigios posteriores al autónomo.
No obstante, desde De Mesa Ortiz Consultores sostienen que Hacienda acepta la deducción total del IVA en varios tipos de vehículos. Es el caso de aquellos vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías, transporte de viajeros, autoescuelas, vehículos usados para desplazamientos comerciales de agentes comerciales y vehículos usados para servicios de vigilancia.
El IVA en vehículos usados
Hacienda establece que no es posible deducirse el IVA de la compra de un coche usado si este se compra a un empresario revendedor sujeto al Régimen Especial de bienes usados. Aunque hay excepciones, como el caso de los coches de leasing y del alquiler o renting.
En el primer caso el comprador está sujeto a la deducción del 50% del IVA ya que debe tener en cuenta que un leasing no es más que un arrendamiento financiero con opción a compra. Lo mismo sucede, a efectos prácticos, con el renting de coches. En este sentido, al tratarse de un vehículo turismo, las leyes españolas permiten deducirse únicamente el 50% del IVA del mismo.