Para qué necesita un autónomo el certificado digital
Cada vez existen más trámites que pueden hacerse de manera telemática. Los autónomos deben hacer declaraciones y presentar documentos con el certificado digital. Explicamos cómo conseguirlo y los trámites en concreto que pueden ejecutarse.
El Certificado Digital es una herramienta necesaria para operar con las Administraciones estatales, autonómicas o locales. Además, desde el pasado año, también para trámites con Hacienda en lo relativo a modelos tributarios y Seguridad Social de los trabajadores.
A través del portal AEAT, se puede realizar cualquier trámite contando con el certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o el DNI electrónico. También se acaba de incluir la opción del PIN 24 horas para resolver los trámites que no soportan los otros dos certificados, o para quienes no quieren tener un certificado en un ordenador que consideran seguro.
¿Cómo solicitar el certificado?
- Si el autónomo es una persona física deberá ir a una Administración de Hacienda, Seguridad Social o Ayuntamiento y presentar el DNI y la Solicitud de Certificado de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre).
- Si el autónomo está constituido en una Comunidad de Bienes, Sociedad Civil, etc. debe presentar el DNI, junto a los estatutos y/o representación de la CB o SC, así como la solicitud de Certificado de la FNMT, en una Administración de Hacienda.
- Si el autónomo tiene una Sociedad Limitada o Sociedad Anónima, deberá presnetar en una r Administración de Hacienda el DNI, el Certificado del Registro Mercantil del Representante para Certificado Digital y la Solicitud de Certificado de la FNMT
¿Qué trámites puede realizar un autónomos con el certificado?
Según informa Sage, estos son los procesos y trámites que los autónomos pueden realizar telemáticamente con el Certificado Digital.
- Declaración censal (Modelo 036 y 037). Este trámite es necesario para darse de alta como autónomo, causar baja o para modificar datos. También para comunicar que un autónomo de acoge al Criterio de Caja.
- Declaración y liquidación IVA (Modelo 303 y 390). La declaración que deben presentar mensual o trimestralmente y el pago correspondiente.
- IRPF (Modelo 100 y 130). Los autónomos deberán descargarse el Programa Padre y volcar los datos fiscales que también facilita Hacienda a través de la web. Si la declaración es a ingresar, se puede hacer online mediante la obtención del NRC. Los autónomos que presenten el IRPF trimestral también podrán hacerlo a través de la web, con el modelo 130.
- Notificaciones de la AEAT. Los autónomos y las empresas reciben estas notificaciones por la vía electrónica, por lo que los trámites se hacen de principio a fin online.
- Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias. Los contratos con la Administración Pública, por ejemplo, o los casos en los que se presenta el ejercicio de su actividad, deberán presentar los datos por Internet.
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