Me quiero cambiar de compañía eléctrica, ¿cómo lo hago?
Durante el último trimestre de 2014 fueron 940.094 las solicitudes que se hicieron para cambiar de comercializador en el sector eléctrico, es decir, un 14% más que en el trimestre anterior.
Pero hay que saber que no todas las solicitudes de cambio de comercializador llegan a buen término, necesita que el proceso termine con una respuesta positiva tanto por el comercializador entrante como por el distribuidor de la energía y del comercializador saliente. Es por esto que de las solicitudes recibidas, 876.895 solicitudes fueron aceptadas y finalmente 846.837 fueron los cambios activados, lo que supone una tasa de cambio de comercializador del 2,8% en el último trimestre del año según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Recomendaciones antes de cambiar de compañía
La CNMC ha elaborado una pequeña lista de consejos y recomendaciones a tener en cuenta por parte del consumidor a la hora de plantearse cambiar de compañía que suministre electricidad y/o gas.
- La primera recomendación es la de comparar. Antes de proceder a contratar una determinada oferta es conveniente comparar los precios y condiciones de las demás opciones que hay en el mercado en función de las necesidades que hay que cubrir, para ello se puede hacer uso de webs comparadoras de suministros o bien el propio comparador de la CNMC.
- Otra recomendación es comprobar si se tiene derecho al bono social y poder beneficiarse de una tarifa más económica.
- Antes de firmar el contrato es esencial revisarlo atentamente y conocer todas las condiciones del servicio así como si contempla servicios adicionales.
- Dentro del contrato también conviene saber si la tarifa está condicionada por un compromiso de permanencia y si hay penalizaciones por incumplirlo.
- Hoy día es habitual la contratación de este tipo de servicios por Internet por lo que hay que guardar toda copia de la oferta aceptada así como del contrato y además es recomendable imprimirlo todo para tener pruebas físicas de ello.
- La CNMC hace hincapié en que el consumidor tiene derecho de desistimiento, es decir, cancelar el contrato durante los 14 días siguientes a la celebración sin tener que dar ninguna justificación para ello.
¿Cómo me cambio de compañía?
Los consumidores tienen derecho a cambiar de compañía que les suministre la electricidad, realizar una portabilidad y encontrar así una compañía que le proporcione un ahorro en la factura y mejores condiciones en el contrato. El consumidor tiene por tanto derecho a contratar de forma libre el suministro de luz con la compañía que crea conveniente. Para ello hay que analizar las necesidades eléctricas de la vivienda y de los que en ella residan, y en virtud de ello comparar las opciones que el mercado ofrece.
El consumidor puede acudir tanto a una tarifa regulada a través de una comercializadora de referencia o bien a compañías comercializadoras que operen en el mercado libre. Es muy importante asegurarse de que con la actual compañía no existen cláusulas que obligan al preaviso del cambio, y si existen se deberá cumplir con ellas.
El cambio se inicia una vez se haya decidido el nuevo comercializador, se contacta con él y se muestra la voluntad de establecer un contrato. Será el nuevo comercializador el que tenga que encargarse del “papeleo”, de tramitar el cambio con la compañía saliente.
Según Facua-Consumidores en Acción el recibo de la luz sigue aumentando. Afirman que el usuario medio ha pasado de pagar 63,98 euros en abril de 2014 a costar 76,10 euros en abril de 2015, lo que supone una diferencia de 12,12 euros en un año, acumulando una subida interanual del 18,9%. Motivo importante para buscar el ahorro en otro comercializador.