El Fondo de Garantía investiga el origen del dinero de 440 clientes de Banco Madrid
La lupa de los administradores concursales de Banco Madrid y del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) está puesta estos días en 440 clientes concretos de la entidad. Se trata del 3% de la cartera de más de 14.800 depositantes del banco que resta por analizar antes de decidir si también les corresponde una compensación de hasta 100.000 euros por el pasivo que tenían depositado en la entidad en liquidación.
El criterio fundamental para tomar la decisión es “aclarar el origen del dinero” de estos clientes, comprobación que por el perfil determinado de estas personas, sea por su profesión, patrimonio, lugar de residencia o por la procedencia misma de los fondos, resulta de “especial complejidad”, avanzan fuentes conocedoras del proceso.
La administración concursal de la entidad ya inscribió esta semana provisionalmente a 14.367 titulares de depósitos, físicos y jurídicos, como potenciales beneficiarios de las compensaciones que abona el Fondo de Garantía.
Se espera que el grueso de los depositantes restantes, ahora bajo análisis, terminen siendo incluidos también en esa lista, si bien se debe descartar primero que su actividad está fuera del foco de investigación por blanqueo de capitales que rodea a la firma o que su dinero no procede de actividades ilícitas o simplemente sin justificar.
Los directivos de Banco Madrid y sus familiares tampoco tendrán derecho a recibir la compensación de hasta 100.000 euros por titular de un depósito que garantiza la legislación en caso de quiebra o liquidación de una entidad financiera.
Mientras tanto, el Fondo de Garantía de Depósitos ultima estos días el envío de una carta personal a cada uno de los 14.367 beneficiarios de la compensación ya aprobados, a los que sumaría el resto una vez que los análisis sean definitivos. El proceso, sin embargo, aún no han comenzado debido al debate legal abierto sobre los plazos que existen para remunerar a los afectados.
Aunque la legislación es clara al respecto, y el Fondo de Garantía de Depósitos debe proceder a realizar el pago en un plazo de 20 días hábiles, la duda está ahora en qué momento concreto debe ponerse a andar el contador.
La norma establece dos supuestos, o bien “la fecha en que el Banco de España tome la determinación” o el momento en que “la autoridad judicial dicte” el concurso de acreedores o la liquidación de la entidad financiera. El problema es que en el caso de Banco Madrid se han cumplido ambos supuestos, con una semana de diferencia, sin que quede claro cuál tiene prevalencia.
De un lado, efectivamente el Banco de España determinó el 18 de marzo la necesidad de que interviniese el Fondo de Garantía de Depósitos ante la “imposibilidad” de Banco Madrid de hacerse cargo de devolver el pasivo captado. De otro, la decisión judicial de iniciar la liquidación de la firma no llegó hasta el auto del magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid del pasado 25 de marzo.
Los administradores concursales del banco y los responsables del Fondo de Garantía consensuarán en breve un criterio uniforme que dará pie, en cualquier caso, a una compensación antes de finales de abril (el plazo concluiría el día 17 de este mes en el primer supuesto o el día 24, en el segundo).El Banco de España, en todo caso, podría conceder una prórroga de hasta 10 días más si fuera necesario.
Paradójicamente, este calendario implica que los titulares de depósitos que el banco no puede devolver serán compensados antes incluso que los dueños de fondos de inversión depositados en la entidad, cuya operativa fue congelada y no se espera que se reactive al menos hasta mayo una vez que la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha nombrado esta semana a Cecabank y Renta 4 como depositaria y gestora, respectivamente.
EE UU matiza que no será quien impogan multas a BPA
EE UU matiza que no será quien multe a BPA
El consulado general de Estados Unidos en Barcelona aclaraba ayer que la investigación del Fincen, el organismo que lucha contra los delitos financieros dependiente del Departamento del Tesoro norteamericano, con la que denunció el presunto lavado de dinero para redes criminales internacionales por parte de Banca Privada de Andorra (BPA) no lleva asociada “ninguna sanción económica” para dicho banco por parte de las autoridades estadounidenses. En un comunicado recogido por Efe, el consulado de EE UU recuerda que la investigación identificó a la matriz de Banco Madrid “como una entidad sometida a preocupación de primer orden en materia de blanqueo de capitales”, sospecha que de demostrarse, podría ir acompañada de otro tipo de medida. En concreto, expone el consultado, “la norma propuesta, si se lleva a término, prohibiría a entidades financieras de Estados Unidos abrir o mantener cuentas con BPA”. Un muro de contención que las entidades de EE_UU ya han puesto en marcha voluntariamente para no verse salpicadas. Fuentes jurídicas explicaban hace unos días a este diario que es con esta amenaza –cerrar el grifo de relaciones comerciales con la banca estadounidense podría acabar fácilmente con cualquier entidad financiera del mundo– con la que EE_UU obliga a Andorra a ejecutar los acuerdos internacionales contra el blanqueo de capitales sellados por el país para no quedar aislada en la lista de paraísos fiscales. Serán las autoridades andorranas, por tanto, quienes deban dilucidar si las irregularidades detectadas en BPA conllevan por ejemplo sanciones económicas o consecuencias penales para sus responsables. De momento, EE UU ha reconocido el “gran esfuerzo” y colaboración de Andorra en el caso.
Andorra aprueba su ley de resolución de entidades financieras
“La sacudida que supone el caso BPA condicionará la mayor parte de la legislatura que empieza”, declaró ayer Antoni Martí ante el Parlamento andorrano al tomar posesión como jefe de Gobierno del país en su segundo mandato consecutivo. Prueba de ello es que la primera medida adoptada por el Consejo de Ministros extraordinario celebrado después por su recién nombrado Gobierno fue aprobar la Ley de Reestructuración y Resolución de Entidades Bancarias. Se trata del esquema legal que debe permitir a Andorra manejar el escándalo de blanqueo de capitales que rodea a Banca Privada de Andorra (BPA) y que amenaza con salpicar al resto de su sector financiero y al propio país, en el que la banca supone cerca del 20% del PIB.