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El Gobierno presenta hoy la medida

Ley de segunda oportunidad: qué es y qué efectos puede tener en el crédito

El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos.
El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos.JuanJo Martín (EFE)

El Ejecutivo tiene previsto aprobar en el Consejo de Ministros el decreto que regulará la segunda oportunidad para los empresarios. Se trata de evitar que un empresario o una persona individual no se vea castigada por unas deudas -siempre que no hayan sido consecuencia de una mala gestión económica, reincidencia o una conducta dolosa-, que le obliguen a responder con sus bienes presentes y con los futuros hasta que no se salde el total de la deuda.

Para evitar esta situación, el Ejecutivo tiene previsto plantear dos vías: la primera se trata del acuerdo extrajudicial de pagos, que permite renegociar a empresarios, autónomos y personas individuales (hasta ahora solo podían hacerlo los empresarios) con los acreedores antes del concurso. La segunda se basa en la posibilidad de establecer quitas sobre las deudas remanentes, siempre dentro del concurso, una vez que se ha respondido con todos sus bienes presentes.

Dación en pago. El ministro de Economía, Luis de Guindos, avanzó el jueves en RNE que el real decreto (que se tramitará como proyecto para poder introducir cambios durante su tramitación parlamentaria) permitirá la dación en pago, es decir, liquidar una deuda hipotecaria con la entrega del inmueble, aunque valga menos que la deuda.

Detalles

Bajas: 2,66 millones de empresas cesaron su actividad entre 2008 y 2014, a un ritmo anual de 382.000, lo que supone que han desaparecido un 10% de las empresas existentes cada ejercicio.

Fogasa: El número de órdenes de pago al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que se encarga de pagar los sueldos de las empresas en concurso, casi se duplicó en 2014 hasta las 276.589.

Autónomos: Entre 2007 y 2013 se han perdido 324.943 trabajadores por cuenta propia, pasando de 2,23 a 1,93 millones. En 2014 se ha incrementado en 30.000 autónomos.

Reestructuración. Otro aspecto de la normativa será la posibilidad de reestructurar la deuda para colectivos especialmente vulnerables, a los que tampoco se aplicarán las cláusulas suelo en las hipotecas que les impidan beneficiarse de tipos más bajos. Queda por conocer qué se entiende por colectivo vulnerable, qué deudas se podrán aplicar esas quitas y cómo y en qué condiciones se va a producir la “reinserción” del empresario endeudado.

Efecto en los deudores. Matilde Cuena, catedrática (acreditada) de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid y editora del blog hayderecho.com, especifica que el hecho de que el deudor responda con los bienes futuros dificulta la recuperación económica, “ya que obliga a un gran número de empresarios a ir a la economía sumergida para evitar que se les persiga por las deudas pasadas”. Por ello sugiere, al igual que se produce en otros países, que los deudores respondan con su patrimonio presente y el remanente pueda ser exonerado, siempre y cuando se demuestre que hay buena fe y que la insolvencia sea sobrevenida y no cuando el deudor ha gestionado de forma irresponsable su patrimonio.

Cuena considera que el papel de la banca en este reconocimiento es “fundamental” y para ello reclama que se regulen los ficheros de solvencia positiva, tal y como sucede en otros países. “Se trata de que las entidades puedan acceder a información financiera fiable de los particulares que les permita distinguir entre deudores solventes e insolventes y sobre todo que se ajuste el coste crediticio a la prima de riesgo de cada cliente, de forma parecida a como sucede en los seguros”. De no hacerlo avisa que se puede producir un efecto indeseado como el encarecimiento generalizado del crédito a todos los clientes, buenos y malos pagadores, a pesar de que la segunda oportunidad no aumentará el riesgo de impago. “El moroso profesional no se podrá beneficiar”, subraya.

Deuda pública. Valentí Pich, presidente del Consejo General de Economistas de España, asegura que “la prueba del algodón” de la norma será si las quitas se pueden realizar sobre los créditos públicos. “Sería bueno que se le diera una vuelta y que hubiera voluntad para hacer quitas en las deudas con Hacienda y la Seguridad Social”. Pich recalca que como concepto sería interesante que esta posibilidad se estableciera para los emprendedores o para los industriales que empiezan un negocio o cuando haya acuerdo con el resto de acreedores en el marco de un concurso.

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