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Por qué hay que ser autónomo si quiero abrir una sociedad mercantil

Aunque nuestra intención sea iniciar una actividad como sociedad mercantil, al menos uno de los socios deberá estar dado de alta como autónomo

Una de las conclusiones a las que llegamos tras atravesar la crisis económica que se viene reproduciendo en España desde 2008 es el cambio de su mercado laboral y la apuesta por el trabajo autónomo. En este sentido, existen muchas lagunas entre los profesionales que han conformado recientemente una sociedad mercantil, entre ellas, la obligatoriedad de ser autónomo antes de abrirla.

De hecho, son varios los requisitos que se deben constatar a la hora de construir una figura de estas características, tal y como señala el portal e-autonomos.es. La primera de ellas es que al menos uno de los socios participantes esté dado de alta como autónomo, lo que le convierte en el autónomo societario. En concreto, este paso ha de darse en aquellas sociedades mercantiles y profesionales que ejerzan las funciones de dirección y gerencia, así como para aquellos que posean un 25% o más de participaciones en la sociedad.

Sin embargo, además del condicionamiento general explicado en el párrafo anterior, es obligatorio que los miembros de una sociedad mercantil se den de alta como autónomos si son socios y trabajan en la empresa pero no tienen participaciones, pero conviven con un socio que tiene participaciones del 50% o más. Asimismo, también deben darse de alta en el caso de sea trabajadores de la empresa y posean participaciones superiores al 33% de la misma.

La reciente aprobación de la Ley de Emprendedores y las novedades introducidas por esta normativa así como otras medidas llevadas a cabo por el Ejecutivo que preside Mariano Rajoy, asimismo, también han modificado la situación de los miembros de las sociedades mercantiles, distanciándoles del resto de los trabajadores autónomos.

Particularidades de las sociedades mercantiles

En concreto, la tarifa plana fijada en 50 euros de cuota a la Seguridad Social para nuevos autónomos durante los primeros seis meses de alta excluye a las personas que hayan constituido una sociedad limitada, aunque esta no tenga empleados, ya que se les considera personas jurídicas.

En la misma línea, los autónomos de nuestro país que formen parte de una sociedad mercantil deben saber que desde enero de 2014 la tarifa que deben asumir mensualmente ha aumentado. En concreto, la subida de este indicador se ha situado en más del 20%, lo que supone un gasto de más de 300 euros mensuales a este colectivo.

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