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Los Ayuntamientos pagan antes que las Comunidades Autónomas

Cataluña, Andalucía y Castilla-La Mancha, las regiones con mayor retraso

Rosanas, Elisenda (ACN)

Diferencias entre ayuntamientos y comunidades autónomas a la hora de realizar sus pagos a pymes y autónomos. Según publica el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el caso de los ayuntamientos la ratio media de pago se situó en noviembre en 26,7 días de media, mientras que en el caso de las comunidades autónomas este indicador fue de 58,1 días de media.

No obstante, el dato correspondiente a los ayuntamientos se situó 1,92 días por encima del registrado el mes anterior, o lo que es lo mismo, un 7,7% superior al de ese periodo. En el caso de las comunidades autónomas, la cifra supera en 28,15 días el plazo máximo marcado por la normativa sobre morosidad, que se sitúa en los 30 días.

Ambos indicadores forman parte del nuevo sistema de metodología implantado por la normativa, en los que se aplican varios ratios diferentes: de un lado el ratio de las operaciones pagadas de 30,56 días, de otro, el ratio de operaciones pendientes de pago de 66,24 días.

En esta misma línea, conviene señalar que durante el mes de noviembre el periodo medio de pago global se incrementó en 6,1 días, lo que supone, en el caso autonómico, un incremento del 11,82% con respecto al periodo anterior.

Regiones más morosas

Son tres las comunidades autónomas que se encuentran por encima del plazo máximo establecido por la ley: Andalucía, Castilla La Mancha y Cataluña. Del mismo modo, Castilla y León, por primera vez ha visto superar la media en noviembre.

En este sentido, según ha informado el ministerio, “todas ellas deben incluir, los importes que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para reducir su PMP hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad”.

Igualmente, desde esta institución han señalado su voluntad y actividad en lo que respecta a la vigilancia de “los incumplimientos” para aplicar la Ley de deuda comercial en el sector pública, así como para aplicar los mecanismos previstos en la misma.

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