Los autónomos disponen de 20 días para cambiar de régimen fiscal
Este colectivo tendrá la posibilidad de elegir el régimen fiscal en el que estar. Diciembre es un mes clave para estos trabajadores
En el caso de que sea trabajador autónomo, ya sabrá de que existen tres regímenes fiscales a los que se podrá adherir dependiendo de la actividad que desarrolle y la cifra neta de negocios. Y es que los trabajadores por cuenta propia tienen que aprovechar este mes para decidir el régimen fiscal más acorde a sus condiciones. Para ello contamos con la colaboración Begoña Villacís, abogada de Legálitas, quien ha detallado para Territorio Pyme cada una de las opciones:
- Método de estimación directa: calcula el rendimiento neto por diferencias entre los ingresos computables y los gastos deducibles, aplicando, salvo en algunos casos, la normativa del Impuesto sobre Sociedades. Se aplicará cuando el contribuyente renuncie a la modalidad de estimación directa simplificada o cuando rebase los 600.000 euros la cifra neta de negocios.
- Estimación directa modalidad simplificada: se trata cuando la cifra de negocios para el conjunto de todas las actividades llevadas a cabo por el contribuyente no sea superior a 600.000 euros. A diferencia del anterior, se caracteriza por su menor carga contable, provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación exclusivamente aplicando un 5% del rendimiento neto, en lo referente a las amortizaciones del inmobilizado material se practican de forma lineal, en funcion de la tabla de amortización simplificada.
- Módulos o estimacion objetiva: Está restringida a las actividades que anualmente aparecen en la Orden de Módulos. No se podrá adherir a este sistema si se superan los 450.000 euros para el conjunto de las actividades económicas, 300.000 en el caso de una actividad agrícola, ganaderas, servicios de mudanzas o transporte de mercancías por carretera.
Este mes se presenta como clave para comunicar el cambio de régimen, ya sea por obligación o de manera voluntaria. Este año "hemnos observado que tributaría menos en un escenario de estimación directa que en el actual de módulos", apunta la abogad de Legálitas. Recuerda que al tomar una decisión "la renuncia tendrá efectos por un periodo mínimo de tres años. Transcurrido este plazo, se entenderá prorrogada para cada uno de los años siguientes en que pueda resultar aplicable, salvo que se revoque en el mes de diciembre anterior".