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El Gobierno reduce la presión fiscal para las actividades agrícolas

Se mantiene el 20% de subvención para las actividades económicas que se desarrollen en Lorca el próximo año

Bloomberg

En 2015 el sector agrario verá atenuada su presión fiscal. Es lo que se despende de la última orden ministerial publicada este sábado, en el que se desarrollan el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, presentando novedades importantes para este colectivo.

En este sentido, el aumento de la tarifa de la energía eléctrica y su repercusión sobre la rentabilidad de las actividades agrícolas de regadío ha traído consigo el establecimiento de un nuevo índice corrector por cultivo en aquellos espacios que utilicen energía eléctrica.

Tal indicador, que es del 0,8 y podrá ser aplicado al periodo impositivo del presente año, podrá ser utilizado por aquellos agricultores que rieguen sus fincas utilizando la energía eléctrica, concentrando el gasto en determinados momentos del año.

Asimismo, también se ha establecido un índice de rendimiento neto aplicable a las actividades forestales del 0,32. Ello es consecuencia de la incorporación al método de estimación objetiva de este colectivo, en concreto, de aquellas actividades especializadas en la extracción de resina.

Mantenimiento de medidas preexistentes

La orden recientemente aprobada mantiene los mismos índices aplicables en 2014 para los productos agrícolas y ganaderos, en los cuales se incluye la rebaja de los módulos de las producciones de tabaco, planta ornamental, uva de mesa y flor cortada.

En esta misma línea, la medida prorroga hasta 2015 la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de los módulos, la cual afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva, cuyo efecto global es mayor que cualquier reducción de módulos específicos.

Siguiendo las reducciones, se mantiene el 20% de subvención para las actividades económicas que se desarrollen en Lorca el próximo año. De la misma manera la normativa no ha realizado modificaciones con respecto a los umbrales de exclusión del régimen de estimación objetiva, que quedan fijados en el marco de la reforma fiscal, la cual determinará de forma novedosa la posibilidad de tributar en estimación objetiva en el periodo impositivo 2016.

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