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Sanción del Banco de España a Augusto Chamón

Multa de 59.000 euros a un exconsejero del PP en CCM

El Banco de España ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una resolución para dar publicidad a dos multas, por importe global de 59.000 euros, impuestas al exconsejero del PP en Caja Castilla-La Mancha Augusto Germán Chamón Arribas por la comisión de dos infracciones “muy graves” tipificadas en la Ley sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.

 En concreto, en una resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves, el Banco de España procede a dar publicidad a las dos multas que impuso el Ministerio de Economía a dicho exconsejero en abril de 2009 tras resolver el expediente incoado en su día por la entidad que entonces gobernaba Miguel Ángel Fernández Ordóñez.

Ambas sanciones se publican tras desestimar la Audiencia Nacional, en sentencia firme, el recurso contencioso-administrativo presentado por este exconsejero de Caja Castilla-La Mancha, entidad que fue intervenida por el Banco de España en marzo de 2009.

En concreto, se impone al exconsejero una multa de 35.000 euros por infringir un artículo de la Ley de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, consistente en “presentar la entidad de crédito deficiencias en su estructura organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables, incluidos los relativos a la gestión y control de los riesgos, cuando tales deficiencias pongan en peligro o viabilidad de la entidad”.

Asimismo, se le sanciona con 24.000 euros por infringir otro artículo de dicha norma consistente en “incurrir las entidades de crédito en insuficiente cobertura de los requerimientos de recursos propios mínimos cuando éstos se sitúen por debajo del 80% del mínimo establecido reglamentariamente en función de los riesgos asumidos, o por debajo del mismo porcentaje de los requerimientos de recursos propios exigidos, en su caso, por el Banco de España a una entidad determinada, permaneciendo en tal situación por un periodo de, al menos, seis meses.

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