La Audiencia Nacional investigará la comercialización de los 'Valores Santander'
La Sección Cuarta de la Audiencia Nacional ha ordenado al juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno que admita a trámite la querella presentada en febrero de 2014 por 90 clientes del Santander que acusaban a la entidad de la comercialización fraudulenta en septiembre de 2007 del producto financiero 'Valores Santander'. La emisión se realizó en nueve días hábiles para 129.000 personas y reportó al banco un ingreso de 7.000 millones de euros.
Los querellantes aseguraban que el banco “comercializó el producto como si fuera seguro y con funcionamiento similar a un plazo fijo” cuando realmente se trataba de la adquisición de “obligaciones convertibles” que impedían al comprador “recuperar el capital invertido”.
Acusaban al Banco Santander SA, Santander Emisora 150 SAU, los administradores de ambas entidades, los responsables de la emisión, Ignacio Benjumea Cabeza de Vaca y José Antonio Soler, los directores de venta del producto y los empleados que lo ofrecieron de delitos de estafa falsedad, apropiación indebida y contra el mercado y los consumidores.
El juez instructor Moreno archivó la querella en contra del criterio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional que defendía que existían indicios de la comisión de un delito de defraudación que afectaba a personas de todo el territorio nacional.
Los magistrados Ángela Murillo, Teresa Palacios y Carmen Paloma González Pastor le reprochan ahora “la nebulosa de algunas de sus apreciaciones” y sospechan que el banco podría no haber suministrado “convenientemente la oportuna información sobre el producto” a los clientes que lo adquirieron.
En un auto hecho público este lunes, agregan que “es sostenible pensar” que varios de los suscriptores del producto “no estuvieran por la labor de convertir sus ahorros, planes de pensiones, depósitos o imposiciones a plazo fijo en unas acciones ordinarias de nueva emisión del banco”. OCTOGENARIOS Y AMAS DE CASA SIN ESTUDIOS.
Se refieren, en concreto, a “personas de 76, 80, 82 y 85 años” --que figuran entre los clientes compradores de estos valores-- y dicen que es difícil pensar que quisieran suscribir un producto especulativo sino rentabilizar un dinero a plazo fijo que fue lo que se les ofreció.
A este respecto, destacan que hubo clientes que optaron por cambiar a 'Valores Santander' otros productos que ya tenían, porque se les decía que era más seguro en cuanto que se trataba de un depósito a plazo fijo de alta rentabilidad y por un periodo de cinco años.
“De entre los denunciantes hay jubilados, pensionistas, amas de casa con estudios primarios, un albañil, una auxiliar domiciliaria, además de un arquitecto técnico, profesores, funcionarios, administrativos y un comerciante”, dice el auto que sugiere que todos adquirieron el producto tras saber que su aportación iba a reportarles un rendimiento del 7,30 por ciento.
Los tres magistrados reflejan en su auto un informe de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) sobre el producto en el que advertía que los valores “se colocaron de forma masiva y quizás indiscriminada entre los clientes del banco, en unos momentos en los que se podía intuir y notar los inicios de las turbulencias de los mercados financieros”.
Ya sancionado por la CNMV
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) multó el pasado mes de febrero con casi 17 millones de euros al Banco Santander por la comisión de dos infracciones, una muy grave y otra grave, relacionadas con el producto 'Valores Santander'.
En concreto, la CNMV sancionó con 10 millones de euros al banco que preside Emilio Botín por no disponer de la información necesaria sobre sus clientes en el proceso de suscripción de la emisión 'Valores Santander'. La CNMV considera que la entidad incurrió así en una infracción grave, tipificada en la Ley del Mercado de Valores de 28 de julio, vigente con anterioridad al 21 de diciembre de 2007.
Asimismo, la CNMV impuso una multa de 6,9 millones de euros al banco al considerar que cometió una infracción muy grave, consistente en el incumplimiento de algunas de las obligaciones que regulan la relación entre el Santander y sus clientes respecto al citado producto.