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El Foco
Tribuna
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Hacia la nube en las ondas

José Manuel Gómez Bravo

Desde que en 1876 Graham Bell y su asistente logran por primera vez transmitir la voz humana a través de cables eléctricos; o en la Nochebuena de 1906, cuando los radiotelegrafistas de los barcos que navegaban por el Atlántico, frente a las costas de Estados Unidos escucharon por primera vez una voz que les hablaba en sus auriculares; o en 1916, cuando Sarnoff visionaba la “caja de música de la radio” para los hogares, nacía no solo un instrumento tecnológico pionero de transmisión de señales, sino una herramienta esencial para comunicar y difundir las obras y las creaciones; para la difusión y divulgación de talentos, de información, de educación y de servicio público, en definitiva un sujeto activo de los derechos de propiedad intelectual, sobre sus obras y programas, sean estos musicales, informativos, literarias, de entretenimiento u otros.

La radio ha sido la ventana al mundo de varias generaciones: la publicidad cantada, las compañías de actores, las orquestas, las radionovelas, los concursos, los informativos, la noche de los transistores en España, el entretenimiento, los magacines, el descubrimiento de artistas, los concursos, un nuevo lenguaje, los números 1, los clubs de fans, la listas de éxitos, las peticiones del oyente, los disc-jockeys, la producción de los eventos exteriores a modo de extensión y conexión directa con el oyente, la identificación con la voz de un locutor y su modo de transmitir emociones a millones de oyentes.

La radio ha sido la ventana al mundo de varias generaciones y así sigue siendo, con nuevas señas de identitad

Y así sigue siendo, la radio como medio de difusión y articulación del libre pensamiento; generador de emociones y sentimientos; divulgador y promotor del talento y de los derechos de propiedad intelectual. Ahora, con nuevas señas de identidad, pioneras en la transformación tecnológica y en la distribución global de sus programas a través de la portabilidad, la instantaneidad, la simultaneidad, el enlace y la interactividad con una comunidad de oyentes.

En la actualidad, se conjugan simultáneamente e interactúan, creaciones, canciones, podcast, conciertos, artículos, noticias, blogs, vídeos, fotografías, vídeo blogs, enlaces a otros contenidos, retransmisiones deportivas, etcétera. La nube aparece como una realidad a modo de biblioteca y fonoteca digital, global y local, de la información, la comunicación, y el entretenimiento y los derechos; todo ello al servicio del oyente y de la comunidad digital. Y esto pasa inevitablemente por el fortalecimiento de sus derechos de propiedad intelectual.

Se han de consagrar principios tales como la libre circulación de las licencias y la armonización legislativa europea en la materia y la consecución de un sistema ágil y trasfronterizo de los derechos sin que se produzca discriminación en los precios de las explotaciones ni de los derechos de las radios con los demás titulares de los derechos conexos. Es preciso, crear un marco legislativo eficaz contra los usos indebidos, y la piratería de señales y contenidos.

Es necesaria la defensa de los derechos de propiedad intelectual de las entidades de radiodifusión como titulares de las mismas y no relegarles al papel de mero usuario de repertorios de terceros. Las radios deben, en este sentido, revindicar su papel como creadores digitales con aportaciones originales a sus contenidos, creaciones y programas, no con meros distribuidores o carriers o webcasters.

Es preciso dotar a las radios de una protección internacional de sus derechos en Internet. Hay que destacar que el vigente Tratado Internacional de la Organización Mundial de la propiedad Intelectual para la radiodifusión data de 1961 y se carece de un instrumento eficaz de protección en Internet.

La radio debe gozar de una protección eficaz, como apoyo a la libertad de expresión

Es necesario un reconocimiento expreso de estos derechos a favor de la radio, al igual que se ha otorgado a los demás titularse de los derechos de autor y de los derechos conexos desde 1961 así como en las Tratados Internacionales de Internet de la OMPI de 1996 y siguientes.

Las radios precisan hoy más que nunca, de manera inmediata, en las reformas legislativas nacionales e internacionales, así como en los instrumentos multilaterales de una protección eficaz de todas sus señales y emisiones sean estas digitales e interactivas, y de un nuevo sistema de protección de sus derechos para el desarrollo de los mismos, en las nuevas tecnologías de la información, plataformas y nuevos sistemas de distribución y comercialización.

Con estas vertebraciones podemos perseguir una eficaz lucha contra la piratería digital basada en la cooperación internacional y multilateral. Incluyéndose en las mismas los derechos de las emisiones y retrasmisiones deportivas.

Una eficaz herramienta, como queda dicho, para la protección de los derechos de las radios, creadores, artistas y autores será el impulso junto con la involucración de la industria creativa y cultural a escala global y local para la aprobación del nuevo Tratado Internacional de los derechos de las entidades de Radiodifusión en Internet en el seno de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, el cual lleva 16 años negociándose.

La radio debe gozar de una protección eficaz, como apoyo a la libertad de expresión y los derechos fundamentales, como vehículo de comunicación global, como entretenimiento y divulgación del talento, de un universo en las ondas. Y de un universo de derechos de propiedad intelectual en las ondas. Hoy, los derechos intelectuales de la radio viajan hacia la nube en las ondas.

José Manuel Gómez Bravo es abogado, experto en propiedad intelectual.

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