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El Foco
Tribuna
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Normalización contable y acreditación profesional

Un análisis de la situación de la normalización contable española exige realizar una retrospección que permita evidenciar la cuestión. Remontándonos pues al panorama de la normalización contable en España en el año 1979, puede sintetizarse en dos puntos.

  1. En 1973 se aprobó el primer Plan General de Contabilidad (PGC), imbricado con la normativa fiscal y de aplicación voluntaria. En este sentido, se aprobó una regularización de balances que podía aplicarse por las empresas que “voluntariamente” se comprometieran a su aplicación, resaltando así la potencia de la normativa tributaria en los inicios de la normalización contable española.
  2. Las empresas cotizadas, necesitadas de financiación, consideraban necesario emitir sus estados financieros con criterios aceptados en los mercados, en aras de lograr su comprensión y comparabilidad con empresas extranjeras, superando así los criterios recogidos en el citado PGC 1973.

Ante ello, un grupo de profesionales compuesto por profesores universitarios de contabilidad, auditores de cuentas y responsables de empresas, preocupados por incorporar en sede nacional lo que ya aplicaban fuera de nuestras fronteras como un corpus en evolución de criterios contables generalmente aceptados, decidieron crear AECA, cuyo fin era, entre otros, el de configurar una serie de principios que fueran aceptados por las empresas con el único objetivo de que la información contable elaborada en aplicación de aquellos, fuera útil y comparable con la de empresas de países de nuestro entorno. Este proceso permitió incorporar a nivel nacional, considerando nuestra idiosincrasia, un conjunto de principios contables que se constituyeron, con el transcurso del tiempo, en generalmente aceptados.

El Derecho contable elevó a norma jurídica el acervo de criterios contables, hasta aquel entonces voluntarios

El éxito logrado queda constatado por el hecho de que los Principios Contables AECA fueron adoptados por las empresas y los auditores, que los tomaban como principios generales sobre los que descansaba su opinión. La ratificación de este proceso, tuvo su máximo exponente con la incorporación al PGC de 1990 de muchos de los criterios recogidos en los correspondientes documentos AECA. A partir de la aprobación de ese nuevo PGC, que se hace obligatorio para todas las empresas, se consigue en nuestro país, tal y como señaló el Consejo de Estado en el informe preceptivo para su aprobación, la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico de un nuevo derecho que denominado Derecho contable, elevó a norma jurídica el acervo de criterios contables que hasta ese momento eran voluntarios para nuestras empresas.

Después de ese hito, AECA siguió emitiendo documentos que complementaban y ayudaban a la interpretación correcta de las normas vigentes, ofreciendo criterio en lo no regulado, a través de su opinión en aras del prestigio logrado en su anterior labor.

El proceso de internacionalización de la economía española exigió una evolución normativa, tomando en consideración que el usuario podía provenir de cualquier país, lo que exigía un lenguaje común. En este punto, AECA tuvo en cuenta el cuerpo normativo elaborado por el IASB, que en el año 2002 la Unión Europea también utilizó como referente europeo para obligar desde 2005 a los grupos cotizados a aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera. Este proceso, se formalizó mediante la incorporación de las normas emitidas por el IASB en los Reglamentos de la UE, consiguiendo implementar un lenguaje económico-contable en los emisores de información financiera para los mercados de capitales que fuera comprendido por cualquier posible usuario con independencia de su procedencia.

Hay que reconocer la figura del ‘experto contable acreditado’ como intérprete de la información económica

Ante ello y dado que la Unión Europea solo obligó a los grupos cotizados a aplicar dicha normativa, nuestro país tomó la decisión de incorporarla a las cuentas anuales individuales, de forma que se emitieran con esos criterios. Si bien, para preservar el ritmo de incorporación así como la posibilidad de matizar alguna especificidad, dicha decisión exigió la aprobación de un nuevo PGC, el de 2007, donde se introdujeron los citados criterios.

Todo el proceso señalado ha sido beneficioso para la normalización contable, no obstante se observa desde hace algún tiempo que los cambios tan frecuentes en la norma internacional, afectan negativamente al objetivo logrado del lenguaje contable común.

En este entorno, AECA continuará con su labor y objetivos, siguiendo con la emisión de documentos sobre principios contables y la incorporación de otros en los que de forma ágil y concreta, indique su opinión respecto a ciertos puntos que ofrezcan interés.

Adicionalmente, se entiende necesario el reconocimiento de una figura que ha venido fraguándose, a saber, la del experto contable acreditado como profesional que estando en posesión de un superior conocimiento y experiencia, pueda ser un referente para poder aclarar y ayudar a interpretar la información económico-contable. Con este objetivo, AECA se plantea emitir una acreditación de forma estricta y rigurosa, mediante un proceso que permita generar confianza a la demanda social que existe al respecto, como refuerzo al proceso de normalización contable seguido y al que vendrá en el futuro.

Leandro Cañibano es presidente de la Asociación Española de Contabilidad y administración de Empresas (AECA) y Enrique Ortega es presidente de la Comisión de Principios y Normas de Contabilidad de AECA.

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